APLICACIÓN PROVISIONAL DEL ACUERDO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA UNIÓN EUROPEA Y SUS ESTADOS MIEMBROS, POR UNA PARTE, Y LA REPÚBLICA DE COREA, POR OTRA, HECHO EN BRUSELAS EL 6 DE OCTUBRE DE 2010.
El presente Acuerdo de libre comercio entre la Unión Europea y sus Estados Miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra, comenzará a aplicarse provisionalmente desde el 1 de julio de 2011, de acuerdo con la Decisión del Consejo de la Unión Europea de 16 de septiembre de 2010.
Anexos
Omitidos.