ORDEN DE 6 DE JUNIO DE 2011, DEL CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO Y TRANSPORTES, POR LA QUE SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN NÚMERO 2 DEL PROYECTO DE REPARCELACIÓN DE LA PLATAFORMA LOGÍSTICA-INDUSTRIAL DE HUESCA
Mediante Acuerdo del Gobierno de Aragón, de fecha 20 de junio de 2006, se aprobó el Proyecto Supramunicipal de la Plataforma Logístico-Industrial de Huesca, PLHUS, de conformidad con el artículo 80.3 de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón, publicándose dicho Acuerdo en el Boletín Oficial de Aragón de fecha 12 de julio de 2006. Posteriormente, mediante Acuerdo del Gobierno de Aragón de fecha 24 de febrero de 2009, publicado en el Boletín Oficial de Aragón de 25 de marzo, se aprobó la modificación número 1 del Proyecto. Recientemente, ha sido aprobada la modificación número 2 del citado Proyecto Supramunicipal, mediante Acuerdo del Gobierno de Aragón de 11 de enero de 2011, publicado en el Boletín Oficial de Aragón de fecha 14 de marzo de 2011.
El Proyecto de Reparcelación de la Plataforma Logística-Industrial de Huesca fue aprobado mediante Orden de 13 de junio de 2008, del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, publicada en el Boletín Oficial de Aragón de fecha 4 de julio, habiéndose aprobado la modificación número 1 del citado Proyecto de Reparcelación mediante Orden de 27 de abril de 2009 del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, publicada en el Boletín Oficial de Aragón de 29 de abril de 2009.
Con fecha 21 de febrero de 2011, la sociedad mercantil PLHUS. Plataforma Logística, S. L. presenta propuesta para la tramitación de la modificación número 2 del Proyecto de Reparcelación de la Plataforma Logística-Industrial de Huesca, como consecuencia de los cambios que han sido introducidos en la ordenación urbanística de la mencionada Plataforma tras la aprobación de la modificación número 2 del Proyecto Supramunicipal.
Mediante Orden de 18 de marzo de 2011, del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, publicada en el Boletín Oficial de Aragón de 7 de abril de 2011, se aprobó inicialmente y se sometió a los trámites de audiencia e información pública la modificación número 2 del Proyecto de Reparcelación de la Plataforma Logística-Industrial de Huesca, sin que durante dicho periodo se hayan presentando alegaciones.
El apartado 1.7 de las Normas Urbanísticas del Plataforma Logística-Industrial de Huesca establece que la ejecución del mencionado Proyecto Supramunicipal corresponde al Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes del Gobierno de Aragón, competente por razón de la materia.
Vistos los antecedentes mencionados y de conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria Octava de la Ley 3/2009, de 11 de junio, de Urbanismo de Aragón, la Ley 5/1999, de 25 de marzo , Urbanística de Aragón, y en el Decreto 296/2007, de 4 de diciembre , del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, y demás normativa aplicable, resuelvo:
Primero.-Aprobar la modificación número 2 del Proyecto de Reparcelación de la Plataforma Logística-Industrial de Huesca, propuesto por la entidad mercantil Plhus, Plataforma Logística, S. L..
Segundo.-Notificar esta Orden de aprobación de la modificación número 2 del Proyecto de Reparcelación de la Plataforma Logística-Industrial de Huesca a los interesados, al Ayuntamiento de Huesca y a la Dirección General de Presupuestos, Tesorería y Patrimonio del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, para su conocimiento y efectos oportunos.
Tercero.-Dar general conocimiento de la presente Orden mediante su publicación en el Boletín Oficial de Aragón con la indicación de que contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 del Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio , del Gobierno de Aragón, puede interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación ante el mismo órgano que la dicta de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia, de conformidad con lo señalado en la Ley 29/1998, de 13 de julio , reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Cuarto.-Una vez firme en vía administrativa la presente Orden, expedir por duplicado certificación administrativa para la inscripción en el Registro de la Propiedad de la modificación número 2 del proyecto de de reparcelación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 51.1 y 51.2 del Texto Refundido de la Ley del Suelo, aprobado por Real Decreto-Legislativo 2/2008, de 20 de junio y 2.2 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio , por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción de actos de naturaleza urbanística.