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Un juzgado de lo Mercantil avala la 'cláusula suelo' del Banco Pastor

30/06/2011
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El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante ha avalado la llamada 'cláusula suelo' de las hipotecas aplicada por el Banco Pastor al contrato de préstamo hipotecario de un particular, según la sentencia dictada el pasado 23 de junio, a la que tuvo acceso Europa Press.

La sentencia desestima la demanda presentada por un cliente que pedía la anulación de la 'cláusula suelo', que fija un tope mínimo del porcentaje de interés a pagar por el cliente, lo que ha evitado que los ciudadanos que la tengan en sus contratos se hayan beneficiado de la bajada del Euríbor. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Alicante.

El juez titular, Salvador Calero, concluye que "la existencia de esta cláusula suelo no desvirtúa el hecho de que el tipo de interés siga siendo variable, si bien el banco se garantiza un mínimo cuando las circunstancias económicas lleven al Banco Central Europeo a la reducción del tipo de referencia", que incide en la variación del Euríbor.

De esta forma, el juez considera que, si no se aplica la 'cláusula suelo', el banco "podría recibir menos interés del que pague", por lo que "la ausencia de la misma podría determinar que el banco necesitara acudir a un porcentaje mayor de beneficio para que le pueda resultar rentable la operación".

Respecto a la posible desigualdad contractual entre el cliente y el banco, el juez declara que cuando éste "se perfecciona con la entrega del capital, desde ese momento únicamente se derivan obligaciones para la parte prestataria", por lo que no existe desequilibrio que haga abusiva la cláusula.

Además, el juez rechaza la reclamación del cliente de no haber sido debidamente informado en el momento de la firma ante notario considerando que "en España o en cualquier parte del mundo, toda persona, por muy bajo nivel cultural que tenga, sabe que antes de estampar su firma puede leer el documento que de le presenta".

La 'cláusula suelo' incluida en el contrato de este cliente fijaba que el tipo de interés no podía ser inferior al 3,80%. En marzo de 2010, el Euríbor alcanzó su nivel más bajo situándose en un 1,212%.

Por otro lado, el Juzgado de lo Mercantil número 9 de Madrid está pendiente de dictar sentencia en los próximos días por la demanda presentada por la OCU contra BBVA y Banco Popular por la aplicación de 51 cláusulas presuntamente abusivas en contratos hipotecarios, de cuentas corrientes y de tarjetas, donde están incluidas las 'cláusulas suelo'.

Por su parte, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla ordenó en febrero de este año a BBVA, Caixa Galicia y Cajamar eliminar las 'cláusulas suelo' de sus contratos hipotecarios a interés variable al considerarlas abusivas. Todas estas resoluciones hacen prever que la calificación de las 'cláusulas suelo' acabe dirimiéndola el Tribunal Supremo, según explicaron fuentes jurídicas. Fuente: Europa Press

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