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Modificación del Reglamento de procedimiento del Tribunal General

24/06/2011
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Modificación del Reglamento de procedimiento del Tribunal General (DOUE de 22 de junio de 2011) Texto completo.

Se modifica el Reglamento del Procedimiento del Tribunal General con el fin de permitir la presentación y la notificación de escritos procesales por vía electrónica, sin que sea necesario efectuar un envío postal o una entrega física de dichos escritos.

El Reglamento de procedimiento del Tribunal General, de 2 de mayo de 1991 puede consultarse en el Libro Décimo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO DEL TRIBUNAL GENERAL

EL TRIBUNAL GENERAL,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en particular su artículo 254, párrafo quinto,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y en particular su artículo 106 bis, apartado 1,

Visto el artículo 63 del Protocolo sobre el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea,

Visto el acuerdo del Tribunal de Justicia,

Considerando que se debe modificar el Reglamento del Procedimiento con el fin de permitir la presentación y la notificación de escritos procesales por vía electrónica, sin que sea necesario efectuar un envío postal o una entrega física de dichos escritos,

Con la aprobación del Consejo, dada el 13 de mayo de 2011,

ADOPTA LA SIGUIENTE MODIFICACIÓN DE SU REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO:

Artículo 1

El Reglamento de Procedimiento del Tribunal General de 2 de mayo Vínculo a legislación de 1991 (DO L 136, de 30 de mayo de 1991, p. 1, con corrección de errores en DO L 317, de 19 de noviembre de 1991, p. 34) ( 1 ) queda modificado como sigue:

En el artículo 100 se añade un tercer apartado, redactado como sigue:

“El Tribunal General podrá establecer, mediante decisión, las condiciones en las que un escrito procesal puede ser notificado por vía electrónica. Esta decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.”

Artículo 2

La presente modificación del Reglamento de Procedimiento, auténtica en las lenguas mencionadas en el artículo 35, apartado 1, de dicho Reglamento, se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor el primer día del mes siguiente al de su publicación.

Hecho en Luxemburgo, a 24 de mayo de 2011.

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