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  • EDICIÓN DE 21/06/2011
 
 

El Supremo casa una sentencia con el único fin de elevar en un día la pena de cárcel a un narcotraficante

21/06/2011
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Cinco magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo se reunieron el pasado 25 de mayo para deliberar si era preciso aumentar o no en un día la pena impuesta en su día a Joao Carlos A.V. por un delito de tráfico de drogas. El recurso de casación había sido presentado por la Fiscalía del alto tribunal.

Joao Carlos fue condenado por la Audiencia Provincial de Pontevedra en marzo de 2007 a una pena de nueve años de cárcel por un delito de tráfico de drogas respecto de sustancias que causan grave daño a la salud y en cantidad de notoria importancia, si bien la condena tuvo que ser reducida el pasado mes de diciembre a 6 años de cárcel en cumplimiento de la última reforma penal.

La Fiscalía recurrió ante el Supremo esta decisión por infracción de Ley, al entender que la Audiencia de Pontevedra aplicó indebidamente el Código teniendo en cuenta la cualificación del delito por el carácter de notoria importancia de la droga objeto de tráfico. A su juicio, la pena debería ser superior en un día a los seis meses señalados en el auto.

La sentencia, de la que ha sido ponente el propio presidente de la Sala de lo Penal, Juan Saavedra, estima el recurso de la Fiscalía y señala que debe imponerse la pena superior en grado partiendo del actual límite máximo del tipo básico de tráfico de drogas, tal y como señala el artículo 70.1 del Código Penal.

Según esta disposición, "el límite mínimo de la pena superior en grado será el máximo de la pena señalada por la ley para el delito del que se trata, incrementando en un día o en un día de multa según la naturaleza de la pena a imponer". De esta forma, el límite máximo de una pena no puede coincidir con el límite mínimo de la pena superior en grado, y la condena debe aumentarse en un día. Fuente: Europa Press

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