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  • EDICIÓN DE 27/05/2011
 
 

El Supremo establece que la falda obligatoria de las enfermeras es un práctica discriminatoria

27/05/2011
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El Tribunal Supremo ha dado la razón a las trabajadoras de la clínica San Rafael de Cádiz que denunciaron a su empresa por imponerles el uso de falda, delantal y cofia. El Supremo establece que la distinción de sexo que fuerza esta vestimenta "no es objetiva ni razonable".

La Sentencia determina que la obligación de llevar falda, delantal y cofia frente a los pijamas sanitarios que pueden usar los hombres y las mujeres que trabajan en quirófano es una práctica "discriminatoria" y una actitud empresarial "que no resulta objetivamente justificada" y que "este vestuario tradicional proyecta al exterior una determinada imagen de diferencias entre hombres y mujeres que no corresponde con una visión actual".

El Supremo matiza en su sentencia que llevar falda, delantal y cofia no atenta contra el honor o dignidad de las trabajadoras pero que cada empleado debería poder elegir entre este uniforme o el pijama sanitario.

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