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El orden de los apellidos de los hijos en caso de desacuerdo entre los progenitores lo decidirá el encargado del Registro Civil

05/05/2011
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El orden de los apellidos de los hijos en caso de desacuerdo entre los progenitores lo decidirá el encargado del Registro Civil en el caso de que en tres días los padres no sean capaces de ponerse de acuerdo, según el acuerdo alcanzado en el Congreso en la tramitación del proyecto de ley de Registro Civil.

Conforme a la enmienda pactada, si no hay acuerdo entre los padres, que sería "su obligación", se les apercibirá que tienen tres días más para cumplir con su obligación de fijar el orden y, de no hacerlo en ese plazo, decidirá la persona encargada del Registro Civil, atendiendo siempre al interés superior del menor.

La enmienda transaccional ha sido aprobada por 37 votos a favor y una abstención, de ERC. El proyecto de ley del Registro Civil deberá pasar ahora al Senado, antes de regresar al Congreso, para ser definitivamente votado en el Pleno.

La reforma del Registro Civil, incluida la consecuente modificación en la elección del orden de apellidos en caso de desacuerdo entre los progenitores, no entrará en vigor hasta tres años después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

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