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Plan Especial frente al Riesgo Sísmico

04/05/2011
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Decreto 44/2011, de 29 de abril, del Consell, por el que aprueba el Plan Especial frente al Riesgo Sísmico en la Comunitat Valenciana (DOCV de 3 de mayo de 2011). Texto completo.

DECRETO 44/2011, DE 29 DE ABRIL, DEL CONSELL, POR EL QUE APRUEBA EL PLAN ESPECIAL FRENTE AL RIESGO SÍSMICO EN LA COMUNITAT VALENCIANA.

Preámbulo El Plan Especial frente al Riesgo Sísmico en la Comunitat Valenciana ha sido elaborado siguiendo las pautas marcadas en la Norma Básica de Protección Civil, aprobada por el Real Decreto 407/1992, de 24 de abril Vínculo a legislación, la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo Sísmico, aprobada mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de abril de 1995 y publicada mediante Resolución de 5 de mayo de 1995, de la Secretaria de Estado de Interior, que establece el contenido al que deben ajustarse los Planes Especiales que elaboren las Comunidades Autónomas, así como la Ley 13/2010, de 23 de noviembre Vínculo a legislación, de la Generalitat, de Protección Civil y Gestión de Emergencias.

Por todo ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 31 y 33 de la Ley del Consell, habiendo sido informado favorablemente el 15 de diciembre de 2010 por el Pleno de la Comisión de Protección Civil de la Comunitat Valenciana, a propuesta del conseller de Gobernación, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 29 de abril de 2011, DECRETO

Artículo único. Aprobación del Plan Especial frente al Riesgo Sísmico en la Comunitat Valenciana

Se aprueba el Plan Especial frente al Riesgo Sísmico en la Comunitat Valenciana, que se incorpora como anexo del presente decreto.

DISPOSICIÓN ADICIONAL Única. Comisión Nacional de Protección Civil

El Plan Especial frente al Riesgo Sísmico en la Comunitat Valenciana se remitirá, para su homologación, a la Comisión Nacional de Protección Civil, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 Vínculo a legislación de la Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Habilitación normativa

Se faculta al conseller de Gobernación para realizar las actuaciones y dictar las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y aplicación de este decreto.

Segunda. Entrada en vigor

El Plan Especial frente al Riesgo Sísmico en la Comunitat Valenciana, tras su homologación por la Comisión Nacional de Protección Civil, entrará en vigor el día de la publicación de la resolución de homologación del mismo en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Anexos

Omitidos.

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