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Normas de elaboración y los criterios de agregación o consolidación de la Cuenta General

03/05/2011
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Resolución de 18 de abril de 2011, de la Intervención General de la Administración de la Comunidad, por la que se modifican los Anexos VIII y IX de la Orden HAC/1219/2008, de 18 de junio, por la que se regula el contenido, la estructura, las normas de elaboración y los criterios de agregación o consolidación de la Cuenta General de la Comunidad de Castilla y León (BOCYL de 29 de abril de 2011). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 18 DE ABRIL DE 2011, DE LA INTERVENCIÓN GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD, POR LA QUE SE MODIFICAN LOS ANEXOS VIII Y IX DE LA ORDEN HAC/1219/2008, DE 18 DE JUNIO, POR LA QUE SE REGULA EL CONTENIDO, LA ESTRUCTURA, LAS NORMAS DE ELABORACIÓN Y LOS CRITERIOS DE AGREGACIÓN O CONSOLIDACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.

La Consejería de Hacienda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 228 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad, aprobó, mediante Orden HAC/1219/2008, de 18 de junio, el contenido, la estructura y las normas de elaboración de la Cuenta General de la Comunidad de Castilla y León.

Dentro del Capítulo IV, destinado a la cuenta general de las fundaciones públicas de la Comunidad, los artículos 22 y 23 establecen, respectivamente, la estructura del balance agregado y de la cuenta de resultados agregada, conforme a las especificaciones de los Anexos VIII y IX.

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, en el ejercicio de su actividad de normalización contable, ha determinado que hasta la futura aprobación de una nueva adaptación sectorial ajustada a los nuevos criterios establecidos por el Plan General de Contabilidad, aprobado mediante R.D. 1514/2007, y por el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas, aprobado por el R.D. 1515/2007, ambos de 16 de noviembre, las fundaciones de competencia estatal, las asociaciones declaradas de utilidad pública y todas aquellas entidades que de acuerdo con sus disposiciones específicas estuvieran obligadas a aplicar la adaptación de 1998, deberán seguir aplicándola en todo aquello que no contradiga los contenidos de dichos Planes. Asimismo, el citado Instituto precisa que las entidades sin fines lucrativos deberán ajustar el balance y la cuenta de resultados al nuevo formato incluido en la tercera parte del Plan General de Contabilidad de 2007.

La Orden HAC/438/2011, de 6 de abril, por la que se modifica la Orden HAC/1219/2008, de 18 de junio, por la que se regula el contenido, la estructura, las normas de elaboración y los criterios de agregación o consolidación de la Cuenta General de la Comunidad de Castilla y León faculta a la Intervención General de la Administración de la Comunidad para modificar los Anexos incluidos en la Orden HAC/1219/2008, de 18 de junio.

En su virtud, y de conformidad con las competencias atribuidas por el artículo 224 Vínculo a legislación de la Ley de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO:

Primero.- Se modifican los Anexos VIII y IX de la Orden HAC/1219/2008, de 18 de junio, que se sustituyen por los que se adjuntan a la presente Resolución.

Segundo.- Esta Resolución será de aplicación a la información que haya de rendirse desde el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Anexos

Omitidos.

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