Es la segunda vez que el órgano de gobierno de los jueces toma esta decisión con respecto al juez, que ya fue suspendido cautelarmente en el ejercicio de su función judicial el 14 de mayo de 2010 por presunta prevaricación al investigar las desapariciones del franquismo careciendo de competencia para hacerlo.
La Comisión del CGPJ ha acordado esta decisión, previa audiencia del Ministerio Fiscal, en aplicación del artículo 383.1 y 384 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que obliga a apartar de sus labores jurisdiccionales a cualquier juez o magistrado cuando se haya declarado haber lugar a proceder contra él por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones. La suspensión se prolongará durante el tiempo en el que se extienda la pena, sanción o medida cautelar o bien hasta que recaiga sentencia absolutoria o auto de sobreseimiento.