Esa sentencia desestimaba el recurso contencioso-administrativo de Fertiberia contra la Orden de Medio Ambiente de 27 de noviembre de 2003 que declaraba la caducidad de la concesión otorgada para ocupar una parcela en la margen derecha del río Tinto para construir depósitos de decantación para vertidos de fosfoyesos.
La sentencia de la Audiencia fue recurrida en casación por Fertiberia ante el Tribunal Supremo quien ahora ha emitido una sentencia, en la que se desestima dicho recurso.
El Tribunal Supremo entiende que la inactividad que durante algún tiempo mantuvo la Administración de Costas, que finalmente reaccionó incoando el expediente de caducidad de la concesión, "no puede ocultar" la responsabilidad de Fertiberia.