La sentencia de la Sección Segunda ha revocado de este modo el fallo del Juzgado de lo Penal número 1 de Valencia y absuelve a la mujer del delito de maltrato familiar que le atribuía.
La Audiencia destaca ahora el hecho de que en la vista oral no se practicara una prueba que a su juicio resultaba "básica o fundamental" como el testimonio del menor.
Recuerda que en el enjuiciamiento de delitos de los que son víctimas menores, sólo se debe prescindir de su testimonio cuando esta prueba pueda "generar un grave perjuicio", circunstancia que, para el tribunal, no se da en este caso.
La Audiencia de Valencia concluye que la sentencia recurrida "declara hechos probados a partir de prueba insuficiente", lo que no permite "infringir el derecho de la acusada a la presunción de inocencia".