Los trabajadores fallecidos trabajaban en una nave contigua a la de la empresa de efectos especiales del polígono Los Ángeles de Getafe en la que se originó la explosión sobre las nueve de la mañana del 6 de septiembre de 2004, según la sentencia.
Por estos hechos, el Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el acusado, Juan Ramón M. C., y ha confirmado ahora la pena impuesta el año pasado por la Audiencia Provincial de Madrid por delitos de homicidio imprudente, lesiones imprudentes y de depósito de sustancias explosivas.
La Audiencia Provincial de Madrid ya condenó al acusado a cuatro años de prisión por el depósito de sustancias explosivas o inflamables, y a dos años y seis meses de cárcel por dos delitos de homicidio imprudente y tres de lesiones por imprudencia.
Los magistrados del TS han rechazado los argumentos esgrimidos por la defensa del acusado, que, entre otras cuestiones, apeló a la vulneración del principio constitucional de proporcionalidad en la aplicación de penas y en la fijación de indemnizaciones.