Diario del Derecho. Edición de 16/06/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 18/11/2010
 
 

Comisión Regional contra la Violencia hacia la Mujer

18/11/2010
Compartir: 

Decreto 48/2010, de 11 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 133/2003, de 20 de noviembre, por el que se crea y regula la Comisión Regional contra la Violencia hacia la Mujer (BOCYL de 17 de noviembre de 2010). Texto completo. (Ref. Iustel §004497 Vínculo a legislación)

El Decreto 48/2010 modifica la composición de la Comisión Regional contra la Violencia hacia la Mujer regulada en el Decreto 133/2003, de 20 de noviembre.

El Decreto 133/2003, de 20 de noviembre, por el que se crea y regula la Comisión Regional contra la Violencia hacia la Mujer puede consultarse en el Libro Séptimo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

DECRETO 48/2010, DE 11 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 133/2003, DE 20 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE CREA Y REGULA LA COMISIÓN REGIONAL CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LA MUJER.

La Comisión Regional contra la Violencia hacia la Mujer es un órgano colegiado de coordinación, creado y regulado por Decreto 133/2003 Vínculo a legislación, de 20 de noviembre, cuya finalidad principal es la erradicación de la violencia doméstica, así como la de todo acto de violencia ejercido contra la mujer y basado en el género.

Como órgano de coordinación trata de vincular a todas las instituciones y sectores implicados en la lucha contra esta lacra social, lo que motivó la modificación de su composición por Decreto 87/2005, de 17 de noviembre, incorporando, como vocales, a quien ostente la titularidad de la Agencia de Protección Civil e Interior, de la Gerencia Regional de Justicia, y a quien ostente la presidencia del Consejo de Colegios Profesionales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Castilla y León.

Con posterioridad, en el marco del Acuerdo de 6 de mayo de 2010 del Consejo del Diálogo Social entre la Junta de Castilla y León y los representantes de empresarios y trabajadores, se incluye un acuerdo específico en materia de violencia de género, recogiendo el compromiso para tramitar las modificaciones reglamentarias necesarias a fin de que CECALE, CCOO y UGT, como organizaciones empresariales y sindicales más representativas, participen en la Comisión Regional contra la Violencia hacia la Mujer.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Familia e Igualdad de Oportunidades, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 11 de noviembre de 2010

DISPONE

Artículo Único.- Modificación del Decreto 133/2003 Vínculo a legislación, de 20 de noviembre, por el que se crea y regula la Comisión Regional contra la Violencia hacia la Mujer.

1.- Se modifica el artículo 4 Vínculo a legislación del Decreto 133/2003, de 20 de noviembre, en redacción dada por Decreto 87/2005, de 17 de noviembre, que queda redactado como sigue:

“Artículo 4. Composición.

1.- La Comisión Regional contra la Violencia hacia la Mujer estará integrada por los siguientes miembros:

Presidente/a: Quien ostente la titularidad de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.

Secretario/a: Un funcionario designado por la persona que ostente la titularidad de la Dirección General de la Mujer.

Vocales:

Quien ostente la titularidad de:

- La Delegación del Gobierno en Castilla y León.

- La Agencia de Protección Civil y Consumo.

- La Gerencia Regional de Justicia.

- La Dirección General de la Mujer.

- La Secretaría General de la Consejería de Sanidad.

- La Jefatura de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Quien ostente la presidencia de:

- El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

- La Federación Regional de Municipios y Provincias de Castilla y León.

- El Consejo de Colegios Oficiales de Abogados de Castilla y León.

- El Colegio Oficial de Psicólogos de Castilla y León.

- El Consejo de Colegios Profesionales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Castilla y León.

Quien represente, con el máximo rango, a:

- La Confederación de Empresarios de Castilla y León (CECALE).

- La Unión Sindical de Comisiones Obreras de Castilla y León (CCOO).

- La Unión General de Trabajadores - Castilla y León (U.G.T.).

En el supuesto de que alguno de los miembros titulares no pudiera asistir, designará suplente que lo sustituya, y lo comunicará a la Secretaría de la Comisión Regional contra la Violencia hacia la Mujer.

2.- La Presidencia podrá convocar a las sesiones de la Comisión, asistiendo a las mismas con voz pero sin voto, a personalidades de reconocido prestigio y representantes de Instituciones que, a su juicio, puedan aportar información relevante sobre un asunto concreto”.

Disposición Final.- Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Condenan a 28 años de cárcel al hombre que asesinó a su pareja en Piedrabuena (Ciudad Real) tras años de maltrato
  2. Estudios y Comentarios: Agonizante europeísmo del Gobierno; por Araceli Mangas Martín, académica de Número de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas y catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid
  3. Estudios y Comentarios: Nota breve sobre una ponencia de sentencia constitucional; por Ramón Trillo; Ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  4. Legislación: Tasas por tramitación de autorizaciones administrativas y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería
  5. Estudios y Comentarios: La ley electoral cumple 40 años; por Enrique Arnaldo Alcubilla, magistrado del Tribunal Constitucional
  6. Estudios y Comentarios: La urgente necesidad de reducir la complejidad del Derecho digital europeo; por Moisés Barrio Andrés, Letrado del Consejo de Estado
  7. Tribunal Supremo: Analiza la Sala los efectos de la prórroga ordinaria de un Convenio Colectivo con relación a la cláusula de revisión salarial contenida en el mismo
  8. Tribunal Supremo: Se examina por la Sala los requisitos que han de concurrir para apreciar la responsabilidad civil subsidiaria del titular de un establecimiento de ocio en el que se comete un delito
  9. Actualidad: Cinco condenados por colaborar en estafar 112.000 euros a una mujer con un falso novio militar
  10. Actualidad: Chamorro destaca el rigor y la dedicación de la justicia asturiana al recibir la medalla de oro de la Cámara de Comercio

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana