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  • EDICIÓN DE 21/10/2010
 
 

Convocatoria de oposiciones generales EPSO/AD/201/10: Administradores especializados en investigación jurídica

21/10/2010
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Estas oposiciones tienen por objeto la constitución de listas de reserva destinadas a cubrir puestos vacantes en las instituciones de la Unión Europea, en particular en la Dirección de Investigación y Documentación del Tribunal de Justicia.

EPSO/AD/200/10 — Juristas con formación jurídica inglesa, escocesa o norirlandesa

EPSO/AD/201/10 — Juristas con formación jurídica española

EPSO/AD/202/10 — Juristas con formación jurídica francesa

EPSO/AD/203/10 — Juristas con formación jurídica neerlandesa

I. CONTEXTO GENERAL

1. Número de aprobados

Oposición n.º 1: EPSO/AD/200/10 — EN = 3

Oposición n.º 2: EPSO/AD/201/10 — ES = 3

Oposición n.º 3: EPSO/AD/202/10 — FR = 3

Oposición n.º 4: EPSO/AD/203/10 — NL = 3

2. Observaciones

Solo puede inscribirse en una de estas oposiciones.

Esta elección deberá hacerse en el momento de la inscripción electrónica y no podrá modificarse una vez confirmado y validado el formulario de candidatura por vía electrónica.

II. NATURALEZA DE LAS FUNCIONES

La Dirección de Investigación y Documentación, compuesta por juristas de todos los Estados miembros de la Unión, presta su asistencia al Tribunal de Justicia, al Tribunal General y al Tribunal de la Función Pública en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales y contribuye a la difusión de la jurisprudencia en materia de Derecho de la Unión Europea.

La Dirección debe, en particular, efectuar trabajos de investigación, a petición del Tribunal de Justicia o de los demás Tribunales, en relación con los asuntos de los que estos órganos jurisdiccionales conocen. Estas investigaciones pueden referirse al Derecho de la Unión Europea o al de uno o varios Estados miembros, y, en su caso, al de terceros Estados, estudiados desde un punto de vista comparativo.

La Dirección desempeña también un papel importante en la difusión de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia y de los demás Tribunales hacia el exterior, procediendo a un análisis sistemático de dicha jurisprudencia y elaborando herramientas de investigación.

Los juristas de la Dirección colaboran en todos los ámbitos de actividad mencionados.

Deben destacarse de entrada dos características del trabajo de la Dirección:

1. El ejercicio de las funciones requiere, además de un conocimiento muy bueno del Derecho de la Unión Europea, un conocimiento amplio, profundo y actualizado del propio Derecho nacional del candidato, por una parte, y una excelente capacidad para la investigación jurídica, por otra.

2. Por razones de servicio, los juristas de la Dirección de Investigación y Documentación deben tener conocimientos satisfactorios del francés.

El perfil general que buscan las instituciones se especifica en el punto 1.2 de la Guía para las oposiciones generales.

III. CONDICIONES DE ADMISIÓN

En la fecha del cierre de la inscripción electrónica, deberá cumplir todas las condiciones generales y específicas siguientes:

1. Condiciones generales

a) Ser ciudadano de uno de los Estados miembros de la Unión Europea.

b) Estar en plena posesión de sus derechos civiles.

c) Estar en situación regular respecto de las leyes relativas al servicio militar.

d) Ofrecer las garantías de moralidad requeridas para las funciones que pretende desempeñar.

2. Condiciones específicas.

2.1. Títulos y certificados.

Un nivel de estudios que corresponda a un ciclo completo de estudios universitarios acreditado por un título en Derecho, si la duración normal de dichos estudios equivale a cuatros años o más, o un nivel de estudios que corresponda a un ciclo completo de estudios universitarios acreditado por un título en Derecho y una experiencia profesional adecuada de, al menos, un año, si la duración de dichos estudios equivale a un mínimo de tres años.

El título de estudios completos en Derecho debe corresponder al sistema jurídico elegido para la oposición.

Para la oposición EPSO/AD/200/10 - Juristas de formación jurídica inglesa, escocesa o norirlandesa, los títulos de “barrister”, “solicitor” y “advocate” se considerarán títulos de estudios completos en Derecho, de nivel universitario.

2.2. Experiencia profesional.

No se requiere ninguna experiencia profesional.

2.3. Conocimientos lingüísticos Las lenguas oficiales de la Unión Europea son las siguientes:

BG (búlgaro).

CS (checo).

DA (danés).

DE (alemán).

EL (griego).

EN (inglés).

ES (español).

ET (estonio).

FI (finés).

FR (francés).

GA (irlandés).

HU (húngaro).

IT (italiano).

LT (lituano).

LV (letón).

MT (maltés).

NL (neerlandés).

PL (polaco).

PT (portugués).

RO (rumano).

SK (eslovaco).

SL (esloveno).

SV (sueco).

a) Lengua 1.

Lengua principal.

Oposición n.º 1: amplios conocimientos del inglés (EN).

Oposición n.º 2: amplios conocimientos del español (ES).

Oposición n.º 3: amplios conocimientos del francés (FR).

Oposición n.º 4: amplios conocimientos del neerlandés (NL).

y b) Lengua 2.

Segunda lengua.

Conocimiento satisfactorio del francés para las oposiciones n.º 1, 2 y 4 y conocimiento satisfactorio del alemán o del inglés para la oposición n.º 3

IV. TEST DE ACCESO

Estos test solo se organizarán si el número de candidatos inscritos supera los 200 por cada oposición.

En este caso, se le informará a través de su cuenta EPSO.

1. Será invitado a los test si, al efectuar la inscripción electrónica, declaró que cumple las condiciones generales y específicas del apartado III.

2. Naturaleza y puntuación de los test Una serie de test basados en preguntas de respuestas múltiples para evaluar sus aptitudes y competencias generales en materia de:

Test a): razonamiento verbal; puntuación: de 0 a 20 puntos; mínimo exigido: 10 puntos.

Test b): razonamiento numérico; puntuación: de 0 a 10 puntos.

Test c): razonamiento abstracto; puntuación: de 0 a 10 puntos.

El mínimo exigido es de 10 puntos para el conjunto de los test b) y c).

3. Lengua de los test

Lengua 1.

V. ADMISIÓN A LA OPOSICIÓN E INVITACIÓN AL CENTRO DE EVALUACIÓN

1. Procedimiento

El examen de las condiciones generales y específicas así como la selección por títulos se efectuarán, en un principio, sobre la base de las declaraciones que hizo en el impreso de candidatura.

a) Sus respuestas a las preguntas relativas a las condiciones generales y específicas se estudiarán con el fin de determinar si está entre los candidatos que cumplen todos los requisitos de admisión a la oposición.

En caso de que se hayan organizado previamente test de acceso, se efectuará el examen de las condiciones generales y específicas en orden decreciente de los puntos obtenidos en dichos test, hasta alcanzar el número de 200 candidatos:

- que hayan obtenido a la vez los mínimos exigidos y las mejores notas en los test de acceso, y - que cumplan las condiciones de admisión a la oposición.

En caso de que varios candidatos hayan obtenido la misma nota para el último puesto de la lista, todos ellos participarán en la fase de selección por títulos. En cambio, no se examinarán los expedientes de candidatura electrónicos de los candidatos que estén por debajo de este umbral.

b) A continuación, el tribunal procederá, para los candidatos que cumplan las condiciones de admisión a la oposición, a una selección por títulos con el fin de identificar a los que poseen las cualificaciones más pertinentes (en particular, títulos y experiencia profesional) respecto a la naturaleza de las funciones y a los criterios de selección enumerados en la convocatoria de oposición. Esta selección se efectuará en dos etapas:

- en función de la importancia concedida a cada criterio recogido en el punto 3 que viene a continuación, el tribunal establecerá la ponderación (de 1 a 3) de cada pregunta derivada de ello. Una primera selección por títulos se efectuará sobre la base de las respuestas marcadas en la pestaña “evaluador de competencia” del acta de candidatura y de la ponderación de cada una de estas preguntas. Los impresos de candidatura electrónicos de los candidatos que hayan obtenido el mayor número de puntos serán objeto de una segunda selección. En la segunda selección, el número de expedientes examinados es aproximadamente 3 veces superior al número de candidatos invitados al Centro de Evaluación, - en la segunda selección, el tribunal examinará las respuestas de los candidatos y atribuirá, en función de sus cualificaciones, una nota de 0 a 4 para cada respuesta; esta nota se multiplicará por la ponderación de cada pregunta.

En función de dichas notas, el tribunal establecerá una clasificación de los candidatos. El número de candidatos (1) invitados al Centro de Evaluación es, como máximo, 4 veces superior al número de aprobados indicado en el presente anuncio de oposición. Este número se publicará en la página web de EPSO (www.eucareers.eu).

2. Comprobación de las declaraciones de los candidatos

Según los resultados obtenidos en el Centro de Evaluación, EPSO comprobará las declaraciones hechas por los candidatos en su impreso de candidatura electrónico, en cuanto a las condiciones generales, y el tribunal comprobará lo relativo a las condiciones específicas y a la titulación. Si de dicha comprobación resultara que estas declaraciones no están avaladas por los justificantes correspondientes, los candidatos en cuestión quedarán excluidos de la oposición.

La comprobación se efectuará, por orden decreciente de méritos, para los candidatos que hayan obtenido los mínimos requeridos y las mejores notas para el conjunto de los test d), e) y f) del Centro de Evaluación.

Dichos candidatos deberán también haber obtenido el mínimo requerido en los test de aptitud a), b) y c).

Esta comprobación se hará hasta alcanzar el número de candidatos que pueden figurar en la lista de reserva y que reúnen todas las condiciones de admisión. No se examinarán los justificantes de los candidatos que se sitúen por encima de este número.

3. Criterios de selección

En el marco de la selección por títulos, el tribunal tendrá en cuenta los siguientes puntos:

1. Los títulos y certificados postuniversitarios en el ámbito del Derecho (se otorgará especial importancia a los elementos que permitan atestiguar un conocimiento amplio, profundo y actualizado del Derecho nacional del candidato).

2. La experiencia profesional en el ámbito de la investigación jurídica.

3. Los títulos en el ámbito del Derecho Comparado.

4. La experiencia profesional en el ámbito del Derecho Comparado.

5. Los títulos en el ámbito del Derecho de la Unión Europea.

6. La experiencia profesional en el ámbito del Derecho de la Unión Europea.

7. Las publicaciones.

8. Un conocimiento probado de la lengua francesa.

9. Un conocimiento probado de otras lenguas.

VI. OPOSICIÓN GENERAL.

1. Se le invitará al Centro de Evaluación:

Se le invitará al Centro de Evaluación, en principio en Luxemburgo, por un día o dos, si está entre los candidatos (2):

- que han obtenido una de las mejores notas en los test de acceso (si los hubo, véase el título IV) así como los mínimos exigidos para dichos test, - que, según sus declaraciones en el impreso de candidatura electrónico, cumplen las condiciones de admisión generales y específicas del apartado III, y - que han obtenido una de las mejoras notas en la selección por titulación académica.

2. Centro de Evaluación.

Se evaluarán sus aptitudes en materia de razonamiento, siempre que estas no se hayan evaluado ya en los test de acceso previos. Esta evaluación se hará mediante los siguientes elementos:

a) test de razonamiento verbal;

b) test de razonamiento numérico;

c) test de razonamiento abstracto.

También se evaluarán sus competencias específicas en el ámbito elegido, así como las siguientes competencias generales:

- Análisis y resolución de problemas - Comunicación - Calidad y resultados - Aprendizaje y desarrollo - Determinación de prioridades y organización - Perseverancia - Trabajo en equipo - Capacidad de dirección

La definición de estas competencias figura en el punto 1.2 de la Guía para las oposiciones generales.

Estas competencias se evaluarán mediante los siguientes elementos:

d) estudio de caso relativo a un ámbito del Derecho nacional, bien el Derecho Público, bien el Derecho de las Obligaciones (a elección del tribunal);

e) redacción de una nota de síntesis sobre la base de una documentación suministrada;

f) entrevista estructurada.

3. Lenguas del Centro de Evaluación.

Lengua 1 para los elementos a), b), c) y d).

Lengua 2 para los elementos e) y f).

4. Puntuación.

Aptitudes en materia de razonamiento (si procede) a) (verbal) de 0 a 20 puntos.

Mínimo exigido: 10 puntos.

b) (numérico) de 0 a 10 puntos.

c) (abstracto) de 0 a 10 puntos.

Mínimo exigido para el conjunto de los test b) y c): 10 puntos.

Los test a), b) y c) son eliminatorios, pero su puntuación no se sumará a las de otros elementos del Centro de Evaluación.

Competencias específicas.

d) estudio de caso: de 0 a 60 puntos.

Mínimo exigido: 30 puntos.

e) redacción: de 0 a 40 puntos.

Mínimo exigido: 20 puntos.

Competencias generales.

De 0 a 80 puntos para el conjunto de las competencias generales (10 puntos por competencia).

Mínimo exigido:

3 puntos para cada competencia, y 40 puntos para el conjunto de las 8 competencias generales.

VII. LISTAS DE RESERVA

1. Inscripción en las listas.

Si está usted entre los candidatos que cumplen todas las condiciones del apartado V, el de reserva tribunal le pondrá en la lista de reserva (3) (véase el número de aprobados, apartado I, punto 1).

2. Clasificación.

Las listas se confeccionarán por oposición y por orden alfabético.

VIII. CÓMO PARTICIPAR EN LA OPOSICIÓN.

1. Inscripción electrónica.

Deberá inscribirse por vía electrónica siguiendo el procedimiento indicado en la página web de EPSO.

Plazo: 19 de noviembre de 2010 a las 12.00 del mediodía, hora de Bruselas.

2. Transmisión del expediente de candidatura.

En una fase posterior, y a condición de que figure entre los candidatos invitados al Centro de Evaluación, tendrá que remitir un expediente de candidatura completo (impreso de candidatura electrónico firmado y justificantes).

Plazo: el plazo le será comunicado a su debido tiempo exclusivamente a través de su cuenta EPSO.

Modalidades: véase el punto 2.2 de la Guía para las oposiciones generales.

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