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Oficina de Proyectos Empresariales de I+D+i

14/10/2010
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Orden 18/2010, de 27 de septiembre, de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación, por la que se crea la Oficina de Proyectos Empresariales de I+D+i (OPIDI) (DOCV de 13 de octubre de 2010). Texto completo.

ORDEN 18/2010, DE 27 DE SEPTIEMBRE, DE LA CONSELLERIA DE INDUSTRIA, COMERCIO E INNOVACIÓN, POR LA QUE SE CREA LA OFICINA DE PROYECTOS EMPRESARIALES DE I+D+I (OPIDI).

La Estrategia de Innovación, Competitividad e Internacionalización para la Comunitat Valenciana 2010-2015 establece, entre otros objetivos, el de doblar la inversión en I+D e innovación hasta el 2,2% del PIB regional.

Para ello resulta necesario desarrollar, además de las políticas horizontales de apoyo a la I+D+i empresarial ya existentes y financiadas a través de los presupuestos de la Generalitat, un importante esfuerzo de captación de fondos nacionales y europeos con el objetivo de financiar niveles crecientes de gasto privado en I+D+i. Se requieren, por lo tanto, medidas específicas tendentes a impulsar la creación de consorcios empresariales tractores con masa crítica (I+D en cooperación), que asuman proyectos con riesgo tecnológico y de mercado crecientes y que puedan competir con éxito con sus homólogos europeos por la captación de fondos nacionales y europeos, especialmente los vinculados al Plan Nacional de I+D+i y al Fondo Tecnológico, así como en el VII Programa Marco 2007-2013 de la Unión Europea y el Programa Marco de Competitividad e Innovación (CIP) 2007 - 2013.

En esta línea, y durante el año 2009, la Dirección General de Industria e Innovación desarrolló un Plan de Activación y Mejora de la Participación de Entidades de la Comunitat Valenciana en Programas Nacionales y Europeos de I+D+i. Dicho Plan resaltaba la necesidad de actuar en dos sentidos. En primer lugar optimizando los recursos ya existentes, especialmente en los distintos centros directivos y entes adscritos a la Conselleria así como entes y redes públicos y privados de apoyo a la innovación empresarial, con el fin de unificar criterios, alinear las estrategias y conseguir mayores niveles de eficacia y eficiencia para las distintas líneas de actuación a emprender; en este sentido, cabe mencionar la significativa participación de la Conselleria y de IMPIVA en proyectos y redes europeas con el objeto de movilizar las empresas valencianas, en particular, en el programa ERA-NET del 7.º Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico, y la puesta en marcha de la red SEIMED con el objeto de ayudar a la empresa a desarrollar su pleno potencial y su capacidad innovadora a través de la internacionalización, la transferencia de tecnología y el acceso a proyectos y financiaciación de la UE., así como el papel tractor que ejercen los institutos tecnológicos asociados a REDIT sobre los niveles de participación en convocatorias nacionales y europeas, así como las distintas actuaciones desarrolladas por la Fundación Comunitat Valenciana Región Europea. En segundo lugar, el Plan de Activación recomendaba proporcionar a las empresas un servicio de calidad y alto valor añadido con la agilidad, capacidad de respuesta y con los niveles de atención personalizada necesarios para conseguir, a medio plazo, un incremento sustancial de sus retornos de programas nacionales y europeos. Por todo ello se plantea la creación de una Oficina de Proyectos Empresariales de I+D+i.

Por lo expuesto, y en uso de las facultades atribuidas por el artículo 28 Vínculo a legislación de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, ORDENO

Artículo 1. Objeto

La presente orden tiene por objeto la creación de una Oficina de Proyectos Empresariales de I+D+i, como órgano colegiado adscrito a la Conselleria con competencias en materia de Industria e Innovación.

Artículo 2. Principios

Los principios básicos en que se fundamenta la organización y funcionamiento de esta oficina son:

- Proactividad en la detección de oportunidades y en el acercamiento a los colectivos empresariales susceptibles de beneficiarse directamente de sus actividades.

- Proximidad a las empresas y orientación a resultados, en orden a facilitar el acceso a la información y a establecer una relación personalizada adaptada a sus necesidades.

- Coordinación y efectividad, proporcionando unidad de acceso a los recursos disponibles por parte de las empresas.

- Cooperación con otros agentes, públicos y privados, de I+D+i para la consecución de sus objetivos.

Artículo 3. Funciones

Son funciones de la Oficina de Proyectos Empresariales de I+D+i, las siguientes:

a) Fomento y coordinación de la participación empresarial en programas nacionales e internacionales de I+D+i en cooperación; en particular, en los relacionados con el Plan Nacional de I+D+i y el Fondo Tecnológico 2007-2013 y, a nivel europeo, con el VII Programa Marco de I+D 2007-2013, y el Programa Marco de Competitividad e Innovación (CIP) 2007 - 2013.

b) Coordinación y seguimiento de las actuaciones de apoyo a empresas que, en el ámbito de las funciones de la Oficina, desarrollen sus miembros.

c) Coordinación de la atención a empresas e instituciones en la búsqueda y definición de fuentes de financiación que complementen las ayudas propias destinadas a la ejecución de las actuaciones de I+D+I empresariales.

d) Coordinación de acciones de información, difusión y sensibilización que favorezcan la participación de empresas en programas nacionales e internacionales de I+D+i.

e) Estimulo, apoyo y asesoramiento en la creación de consorcios empresariales de I+D+i, así como en la preparación, presentación y gestión de propuestas a convocatorias nacionales y europeas.

f) Promoción de la suscripción de convenios y otros instrumentos de colaboración con instituciones públicas y privadas para la obtención de recursos financieros para el desarrollo de proyectos de I+D+i empresarial.

g) Seguimiento estadístico continuado de los niveles de participación empresarial en proyectos nacionales y europeos de I+D+i, así como de los retornos obtenidos.

h) Conocimiento previo y coordinación de las solicitudes de participación en proyectos nacionales e internacionales en los que participa la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación, y sus entidades adscritas.

i) Realización de estudios, análisis, recomendaciones y otras actuaciones de promoción, orientación e impulso que se considere relevantes para incentivar la participación de las empresas y entidades en planes, programas y convocatorias de ayudas destinados a actuaciones de I+D+i.

j) Promoción de la internacionalización de las actuaciones de I+D+i.

Artículo 4. Composición

1. La Oficina de Proyectos Empresariales de I+D+i estará integrada por los siguientes miembros:

- El/la conseller/a con competencias en materia de Industria e Innovación que asumirá la Presidencia.

- El/la secretario/a autonómico/a con competencias en materia de Industria e Innovación.

- El/la director/a general competente en materia de Industria e Innovación - El/la directora/a del IMPIVA - Un/a representante de la Red de Institutos Tecnológicos de la Comunitat Valenciana (REDIT).

- Un/a experto/a de la Fundación Comunitat Valenciana Región Europea.

- Un/a experto/a de la red SEIMED.

- Un/a experto/a de la Confederación de Organizaciones Empresariales de la Comunidad Valenciana.

- Un/a experto/a del Consejo de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de la Comunitat Valenciana.

- Un/a experto/a de la Dirección General con competencias en materia de Industria e Innovación, con rango mínimo de jefe/a de servicio que hará las funciones de secretario y que actuará con voz pero sin voto.

2. La oficina elegirá entre sus miembros un vicepresidente/a, que sustituirá al presidente/a en caso de vacante, enfermedad u otra causa legal.

3. Para un mejor desarrollo de sus funciones, la oficina nombrará un/a coordinador/a que podrá no ser miembro del propio órgano, en cuyo caso asistirá a las reuniones con voz sin voto.

4. La oficina contará con técnicos expertos en programas nacionales e internacionales, designados por el presidente a propuesta de sus miembros, así como con expertos regionales de contacto en las áreas de Biotecnología-Salud, Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), Nanotecnologia-Materiales-Procesos Productivos, Energía-Medio Ambiente, entre otras.

5. La oficina establecerá, en el último trimestre del año natural, un plan de actuación para el año siguiente en el que se especificarán los principales objetivos a cumplir en dicho período. Podrá, además, constituir grupos de trabajo, coordinados por los expertos regionales de contacto. Cada grupo de trabajo elaborará un plan de trabajo en el que se especifiquen sus normas internas de actuación y, con periodicidad mínima anual, sus prioridades, objetivos y tareas a desarrollar.

6. Igualmente, se podrá contar con la asistencia de expertos invitados que asesoren en el proceso de coordinación, información, evaluación y seguimiento de sus actividades con el fin de garantizar resultados eficientes y coherentes con los Planes de actuación y de trabajo establecidos periódicamente.

7. La oficina se reunirá un mínimo de cuatro veces al año.

Artículo 5. Soporte técnico

1. Con el fin de facilitar el eficaz funcionamiento de la oficina se establece una comisión técnica permanente, presidida por el/la director/ a general con competencias en materia industria e innovación y compuesta por el/la coordinador/a de la oficina, un/a jefe/a de servicio del área que tenga atribuida funciones en materia de industria e innovación y otro personal técnico designado a tal efecto.

2. Corresponderá a la comisión técnica permanente de la oficina:

a) Preparar las reuniones y distribuir el orden del día, así como los informes y dictámenes que precisen los miembros de la Oficina para conocer los asuntos sometidos a su deliberación.

b) Recabar, en nombre del presidente de la oficina cuantos datos, documentación e informes sean necesarios para el correcto cumplimiento de las funciones atribuidas a la oficina. En particular, la secretaria centralizará las funciones incluidas en el artículo 3.g) de esta orden.

c) Preparar el plan de actuación anual de la oficina, así como la coordinación de la elaboración de los planes de trabajo por aras de actuación específicas d) Dirigir y coordinar las actuaciones de los técnicos expertos así como los expertos regionales de contacto.

e) Proceder al seguimiento y control de ejecución de los acuerdos tomados por la oficina.

Artículo 6. Funcionamiento

El régimen de funcionamiento de la oficina se adecuará al régimen establecido en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992 Vínculo a legislación, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como a lo previsto en el Decreto 104/2002 Vínculo a legislación, de 18 de junio, del Gobierno Valenciano, por el que se crea el Registro de Órganos Colegiados de la Generalitat.

Artículo 7. Recursos humanos

El soporte administrativo y técnico de la Oficina de Proyectos Empresariales de I+D+i se habilitará por la Conselleria con competencias en materia de Industria e Innovación y sus entes adscritos.

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Se faculta a la directora general con competencias en materia de industria e innovación para dictar cuantas instrucciones sean necesarias para la ejecución y desarrollo de esta orden.

Segunda

La aplicación de lo dispuesto en esta orden no implicará aumento del gasto en el presupuesto de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación; a tal efecto la creación y puesta en marcha de la Oficina de Proyectos Empresariales de I+D+i se atenderá con los medios materiales y personales existentes en la citada Conselleria.

Tercera

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

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