Artículo primero.-Convocatoria.
Convocar el premio del Consejo Económico y Social de Aragón 2010 a trabajos de investigación concluidos o tesis doctorales, que se regirán por las bases aprobadas por Orden de 18 de agosto de 2010 del Consejero de Presidencia, que se incluyen en el anexo I de la presente resolución.
Artículo segundo.-Participantes
Podrán participar en esta convocatoria los autores de trabajos de investigación concluidos o tesis doctorales presentadas para la colación del grado de doctor leídas y calificadas de sobresaliente cum laude, por unanimidad, entre el 1 de octubre de 2009 y el 30 de septiembre de 2010.
Artículo tercero.-Plazo de presentación
El plazo de presentación de las solicitudes para esta convocatoria, según modelo contenido en los anexos II y III de la presente resolución, finalizará el día 15 de octubre de 2010.
Artículo cuarto.-Fallo del Jurado
El fallo del Jurado para esta convocatoria deberá emitirse antes del día 30 de noviembre de 2010.
Artículo quinto.-Plazos de Resolución
El plazo para resolver esta convocatoria y su notificación será de dos meses a computar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Artículo sexto.-Financiación
Los premios en metálico, cuyo presupuesto máximo asciende a un total de 7.000 euros se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria G/3229/480235/91002 de la estructura de presupuestos de gastos del Consejo Económico y Social de Aragón para el ejercicio 2010.
BASES
Primera.-Objeto
El premio del Consejo Económico y Social de Aragón a trabajos de investigación concluidos tiene por objeto distinguir aquellos trabajos de investigación, incluidas las tesis doctorales, que versando sobre materias de trascendencia económica, social y laboral, tengan especial interés para Aragón.
Segunda.-Procedimiento de concesión
1. El premio del Consejo Económico y Social de Aragón a trabajos de investigación concluidos o tesis doctorales se gestionará de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, libre concurrencia, objetividad y demás principios contemplados en el artículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. El régimen del procedimiento de concesión de los premios será el ordinario de concurrencia competitiva, de acuerdo con el artículo 22.1. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. La concesión de este premio será compatible con la obtención de otras subvenciones para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administración o entes públicos o privados, con la salvedad del cumplimiento de los requisitos recogidos en la base cuarta.
Tercera.-Participantes
1. Autores de trabajos de investigación concluidos
a) Personas físicas.
b) Personas jurídicas.
c) Grupos de investigación, compuestos por personas físicas o jurídicas, bajo la dirección de un investigador principal o coordinador del proyecto y responsable del mismo a todos los efectos.
2. Autores de tesis doctorales presentadas para la colación del grado de doctor leídas y calificadas, por unanimidad, de sobresaliente cum laude en el período de tiempo que se indique en la respectiva convocatoria.
Cuarta.- Requisitos de los trabajos (trabajo de investigación o tesis doctoral)
Los trabajos deberán:
a) Ser originales e inéditos.
b) No haber sido premiados con anterioridad a la fecha de publicación del fallo del Jurado en el Boletín Oficial de Aragón.
c) Estar redactados en castellano.
d) Versar sobre materias de trascendencia económica, social y laboral para la Comunidad Autónoma de Aragón.
e) No llevar ningún distintivo, tanto en papel como en documento digital, que permita la identificación de los autores o, en su caso, de la Universidad, departamento o cátedra bajo cuya dirección se haya elaborado.
Quinta.-Documentación
La documentación que se presentará será la siguiente:
1. Dos ejemplares del trabajo de investigación o tesis doctoral debidamente encuadernados en soporte papel, uno de las cuales podrá pasar a formar parte del fondo documental del CES de Aragón. En dichos ejemplares únicamente podrá figurar el título del trabajo y el seudónimo bajo el que se presenta.
2. Un ejemplar del trabajo de investigación o tesis doctoral y de la síntesis descriptiva en soporte informático, formato fichero de Word. En dicho ejemplar únicamente podrá figurar el título del trabajo y el seudónimo bajo el que se presenta.
3. Seis ejemplares de la síntesis descriptiva del trabajo de investigación o tesis doctoral con una extensión máxima de 20 folios, a una cara, tamaño de papel DIN-A4, a doble espacio, en la que deberá quedar debidamente justificado la trascendencia económica, social o laboral del trabajo para Aragón. En dichos ejemplares únicamente podrá figurar el título del trabajo y el seudónimo bajo el que se presenta.
4. Un sobre cerrado, figurando en su exterior exclusivamente el título del trabajo y el seudónimo de su autor o autores con el siguiente contenido:
a) Impreso de participación en la convocatoria, según modelo que se incorporará a la Resolución de la Presidencia del CESA por la que se convoque el premio.
b) Declaración responsable del autor, representante legal o investigador principal del carácter original e inédito del trabajo y de no haber sido premiado con anterioridad.
c) Documentación acreditativa de la personalidad de los participantes y, en su caso, de la representación:
- En el caso de personas físicas, fotocopia legitimada notarialmente o compulsada por el órgano administrativo competente, del DNI.
- En el caso de personas jurídicas, copia autenticada de la escritura de constitución con sus estatutos y modificaciones, si las hubiere, debidamente inscritas en el registro correspondiente, cuando este requisito sea exigible según la legislación mercantil aplicable; así como fotocopia legitimada notarialmente o compulsada por el órgano administrativo competente del DNI y escritura de poder del representante legal en el supuesto de que este no figure acreditado en la propia escritura de constitución.
- Cuando se trate de un grupo de investigación (varios autores), la documentación referida en los dos puntos anteriores deberá ser aportada para cada uno de los integrantes del mismo, ya sean personas físicas o jurídicas.
Sexta.-Lugar y plazo de presentación de solicitudes
La solicitud de participación junto con el resto de la documentación señalada en la base quinta de esta convocatoria, deberá presentarse en el Registro General del Gobierno de Aragón (Edificio Pignatelli, paseo María Agustín, 36, Zaragoza) o en cualquiera de las unidades de registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquier otro procedimiento de los previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo establecido en la respectiva convocatoria.
Séptima.-Modalidades y Dotación Económica del Premio
El premio del Consejo Económico y Social de Aragón a trabajos de investigación o tesis doctorales tendrá las siguientes modalidades:
1. Primer Premio: diploma acreditativo y 4.000 euros.
2. Accésit: diploma acreditativo y 3.000 euros.
Octava.-Composición del Jurado
1. El Jurado estará compuesto por los siguientes miembros:
- Presidente: Presidente/a del CES de Aragón, o persona en quien delegue.
- Vocales: 3 miembros del CES de Aragón designados por cada uno de los tres Grupos representados en el Consejo (Gobierno de Aragón, Organizaciones Sindicales y Empresariales más representativas).
- Secretario: Secretario/a General del CES de Aragón o un funcionario/a adscrito a la Unidad de Apoyo Técnico y Administrativo al CES de Aragón en quien delegue.
2.El Jurado podrá ser asesorado por personas expertas en las materias sobre las que versen los trabajos de investigación o tesis doctorales.
Novena.-Criterios de selección de los trabajos
El Jurado seleccionará los trabajos que, a su juicio, sean merecedores del premio teniendo en cuenta su contenido científico, calidad, originalidad, así como su especial interés para Aragón.
Décima.-Fallo del Jurado
1. Seleccionados por el Jurado los trabajos premiados, éste emitirá su fallo y elevará propuesta de concesión al Secretario General Técnico de la Presidencia del Gobierno de Aragón, órgano competente para la resolución del premio.
2. Una vez emitido el fallo y en la misma sesión del Jurado, se procederá a la apertura de los sobres referenciados en la base quinta, punto 4, correspondientes a los trabajos premiados. Una vez abiertos los sobres, si la documentación no se encontrara completa o adoleciera de algún requisito se requerirá a la persona interesada a fin de que en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido en su participación, de conformidad con lo previsto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
3. El Jurado podrá declarar desierto el premio, en una o en las dos modalidades establecidas en la base séptima, si considera que ninguno de los trabajos presentados reúne los méritos suficientes para ser distinguido.
4. El fallo del Jurado será inapelable y deberá emitirse antes del plazo que se indique en la respectiva convocatoria, publicándose en el Boletín Oficial de Aragón.
Undécima.-Beneficiarios
1. Emitido el fallo del Jurado y elevada la propuesta de concesión, los autores de los trabajos premiados adquirirán la condición de beneficiarios a efectos del cumplimiento de los preceptos recogidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que les serán de aplicación.
2. Dada la naturaleza del premio, los beneficiarios de los mismos quedan expresamente exceptuados de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Duodécima.-Resolución de concesión
1. Elevada la propuesta de concesión, el Secretario General Técnico de la Presidencia del Gobierno de Aragón emitirá resolución administrativa de concesión del premio, que se publicará en el Boletín Oficial de Aragón.
Esta resolución que pondrá fin a la vía administrativa, podrá ser impugnada mediante recurso de reposición o bien, directamente, ante la Jurisdicción contencioso-administrativa.
2. La resolución de concesión deberá contener al menos los siguientes extremos:
a) Indicación de los autores de los trabajos premiados.
b) Cuantía de la dotación económica del premio concedido.
c) Aplicación presupuestaria del gasto.
d) Título del trabajo de investigación o tesis doctoral premiado.
e) De acuerdo con lo establecido en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuando para un mismo premio exista más de un beneficiario se indicará el importe del mismo concedido a cada uno de ellos, según el porcentaje a aplicar expresado en la solicitud de participación.
Decimotercera.-Pago del Premio
1. El abono del importe del Premio se efectuará una vez emitida y publicada la resolución de concesión.
2. De acuerdo con lo previsto en el artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las correspondientes órdenes de pago no requerirán justificación, al concederse en atención a la concurrencia de una determinada situación del perceptor.
Decimocuarta.-Obligaciones de los beneficiarios
1. Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el CES de Aragón, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información les sea requerida.
2. Comunicar al CES de Aragón la obtención de otros posibles premios concedidos a las mismos trabajos premiados.
3. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en la base decimoquinta.
Decimoquinta.-Causas de reintegro
1. Además de los casos de nulidad y anulabilidad previstos en el artículo 36 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, procederá el reintegro de la totalidad de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente, en los siguientes casos:
a) Obtener la concesión de los premios falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquellas que lo hubieran impedido.
b) Demostrarse que los trabajos premiados no son originales o se encontraban premiados con anterioridad a la fecha de publicación del fallo del Jurado en el Boletín Oficial de Aragón.
c) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financieros previstos en el artículo 37.e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público, resultando de aplicación para su cobranza lo previsto en el Real Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Decimosexta.-Edición de los trabajos premiados
1. Los trabajos premiados podrán ser editados por el CES de Aragón. A efectos de su publicación se podrá solicitar la adaptación de la extensión de los trabajos a un máximo de 200 páginas, siguiendo las normas de edición fijadas por el CES de Aragón.
2. Igualmente, podrá solicitarse a los autores la elaboración de un documento de síntesis del trabajo premiado de carácter divulgativo, cuya extensión, que no podrá exceder de 40 páginas, será fijada por la Presidencia del CES de Aragón.
Decimoséptima.-Aceptación de las bases y derechos de explotación
1. La participación en esta convocatoria supone la aceptación expresa de todas sus bases y la cesión en exclusividad, para una primera publicación, de los derechos de explotación para el caso de que el CES de Aragón decida la publicación de los trabajos premiados.
Por la Presidencia del Consejo Económico y Social de Aragón se resolverán cuantas incidencias pudieran suscitarse en la aplicación de estas bases.
2. Los trabajos premiados quedarán en depósito en la biblioteca del Consejo Económico y Social de Aragón.
3. Los trabajos no premiados podrán ser retirados por sus autores, o persona en quien deleguen, en un plazo de dos meses, a contar desde la publicación del fallo. De no ser retirados durante este tiempo, se procederá a su destrucción.