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  • EDICIÓN DE 31/08/2010
 
 

Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria

31/08/2010
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Decreto 115/2010, de 27 de agosto, del Consell, por el que se modifica el Decreto 100/2007, de 13 de julio, por el que se aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Gobernación (DOCV de 30 de agosto de 2010). Texto completo.

DECRETO 115/2010, DE 27 DE AGOSTO, DEL CONSELL, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 100/2007, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APROBÓ EL REGLAMENTO ORGÁNICO Y FUNCIONAL DE LA CONSELLERIA DE GOBERNACIÓN.

En virtud del Decreto 100/2007, de 13 de julio, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Gobernación, esta ostenta competencias en materia de situaciones de emergencia, interior, protección civil, gestión de la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Comunitat Valenciana, consultas populares y electorales y desarrollo del Estatut d’Autonomia.

Mediante el Decreto 6/2010, de 25 de agosto, del president de la Generalitat, de modificación del Decreto 19/2009, de 3 de noviembre, por el que se determinan las consellerias en que se organiza la administración de la Generalitat, se han atribuido a la Conselleria de Gobernación las competencias en materia de escuelas de música y escuelas de educandos, bandas de música, sociedades musicales y de la pilota valenciana, a fin de promover y defender estos signos representativos de la identidad del pueblo valenciano, contribuyendo así a la simbiosis de la Comunitat Valenciana con sus tradiciones musicales y deportivas, garantizando a las generaciones futuras el conocimiento de las mismas. En consecuencia, procede modificar el Decreto 100/2007, de 13 de julio.

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28.f y 64 de la Ley del Consell, a propuesta del conseller de Gobernación y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 27 de agosto de 2010, DECRETO

Artículo único. Modificación del Decreto 100/2007, de 13 de julio, del Consell

Se modifica el Decreto 100/2007, de 13 de julio, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Gobernación, en los artículos y en los términos que figuran en los apartados siguientes:

1. Se modifica la redacción del artículo 1, que queda redactado como sigue:

“La Conselleria de Gobernación es el departamento del Consell al que corresponde ejercer las competencias en materia de situaciones de emergencia, interior, protección civil, gestión de la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Comunitat Valenciana, consultas populares y electorales, desarrollo del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, escuelas de música y escuelas de educandos, bandas de música, sociedades musicales y pilota valenciana”.

2. Se modifica la redacción del artículo 5, que queda redactado como sigue:

“El conseller de Gobernación es el órgano jerárquico superior y la máxima autoridad de la Conselleria y ejerce todas las funciones establecidas en la Ley del Consell, así como cualquier otra que le otorgue el ordenamiento jurídico, en el ámbito competencial asignado a la Conselleria de Gobernación.

El conseller, bajo la superior autoridad del Consell, asume la representación orgánica de la Conselleria de Gobernación ante toda clase de instituciones públicas y privadas.

A su vez, previas las oportunas modificaciones legales, asume las competencias en materia de escuelas de música y escuelas de educandos, bandas de música y sociedades musicales; en especial, las relativas al fomento, impulso y promoción estructural, social, económica y cultural de las bandas de música, escuelas de música y de educandos y sociedades musicales, la promoción y protección del asociacionismo musical, prestando apoyo a las federaciones y asociaciones que persigan la promoción, desarrollo, enseñanza, difusión y protección de la música, así como el establecimiento, entre otras, de las condiciones y medios que faciliten la adquisición de instrumentos musicales por asociaciones sin finalidad lucrativa y el fomento de la construcción, reforma y modernización de los edificios destinados a bandas de música y sociedades musicales, así como a actividades y enseñanzas musicales no regladas.

Igualmente, previas las oportunas modificaciones legales, asume la competencia relativa al fomento, apoyo y potenciación, en todos los órdenes, incluidas la construcción, reforma y mejora de infraestructuras correspondientes, del deporte de pilota valenciana, así como su tutela, garantizando su conocimiento, desarrollo, práctica y difusión dentro y fuera de la Comunitat Valenciana, coordinando y ayudando al funcionamiento de la Federación Deportiva de Pilota Valenciana”.

DISPOSICIÓN FINAL Única. Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

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