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Medios económicos adscritos a los servicios traspasados

29/07/2010
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Decreto 129/2010, de 20 de julio, del Presidente, por el que se asigna a la Consejería de Empleo, Industria y Comercio la ampliación de los medios económicos adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias por el Real Decreto 827/2010, de 25 de junio (BOC de 28 de julio de 2010). Texto completo.

DECRETO 129/2010, DE 20 DE JULIO, DEL PRESIDENTE, POR EL QUE SE ASIGNA A LA CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y COMERCIO LA AMPLIACIÓN DE LOS MEDIOS ECONÓMICOS ADSCRITOS A LOS SERVICIOS TRASPASADOS A LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS POR EL REAL DECRETO 827/2010, DE 25 DE JUNIO.

Por Real Decreto 827/2010, de 25 de junio, se amplían los medios económicos adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias por el Real Decreto 447/1994, de 11 de marzo, en materia de gestión de la formación profesional para el empleo.

Tales medios económicos corresponden al área de empleo de la Administración autonómica, por lo que de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 4/1997 Vínculo a legislación, de 6 de junio, sobre sedes de los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Se asigna a la Consejería de Empleo, Industria y Comercio la ampliación de los medios económicos adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias por el Real Decreto 827/2010, de 25 de junio.

Disposición final. El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y surte efectos desde la fecha de efectividad del traspaso.

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