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Vedas, tallas mínimas y recogida de marisco

08/07/2010
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Orden DES/42/2010, de 25 de junio, por la que se modifica el Anexo III de la Orden DES/34/2010, de 3 de junio, por la que se regulan las vedas, tallas mínimas y recogida de marisco y otras especies de interés comercial, durante la temporada 2010 en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOCA de 7 de julio de 2010). Texto completo.

ORDEN DES/42/2010, DE 25 DE JUNIO, POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO III DE LA ORDEN DES/34/2010, DE 3 DE JUNIO, POR LA QUE SE REGULAN LAS VEDAS, TALLAS MÍNIMAS Y RECOGIDA DE MARISCO Y OTRAS ESPECIES DE INTERÉS COMERCIAL, DURANTE LA TEMPORADA 2010 EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA.

Habiéndose publicado la Orden DES/34/2010, de 3 de junio, por la que se regulan las vedas, tallas mínimas y recogida de marisco y otras especies de interés comercial, durante la temporada 2010 en la Comunidad Autónoma de Cantabria, se ha advertido que la distribución de las zonas vedadas para la explotación del percebe no se ajustaba a los criterios técnicos de alternancia anual establecidos, por lo que se procede a la modificación del anexo en el que se describen las zonas libres de veda para esta especie.

Por lo anteriormente expuesto, DISPONGO Artículo único. Se modifica el anexo III, Zonas libres de veda para el marisqueo de percebe, de la Orden DES/34/2010, de 3 de junio, por la que se regulan las vedas, tallas mínimas y recogida de marisco y otras especies de interés comercial, durante la temporada 2010 en la Comunidad Autónoma de Cantabria, quedando redactada de la siguiente manera:

El marisqueo del percebe, mientras persista la época de veda sólo se podrá realizar en las zonas declaradas libres de veda, descritas a continuación y representadas con trazo grueso en los mapas del presente anexo.

A: ZONA OCCIDENTAL Desde Tina mayor hasta la Punta del Castillo en San Vicente de la Barquera.

B: ZONA CENTRAL Libre de veda desde la Punta de la Sartén hasta la Virgen del Mar.

C: ZONA ORIENTAL Libre de veda desde Cabo Quintres a Cabo Quejo y desde Punta de Cerdigo hasta Ontón.

Imagen omitida.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA Queda derogado el anexo III de la Orden DES/34/2010, de 3 de junio, por la que se regulan las vedas, tallas mínimas y recogida de marisco y otras especies de interés comercial, durante la temporada 2010 en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

DISPOSICIÓN FINAL La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

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