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  • EDICIÓN DE 02/07/2010
 
 

Un juez califica como accidente laboral el suicidio de un trabajador

02/07/2010
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El Juzgado de lo Social 8 de Sevilla ha calificado como accidente laboral el suicidio, en 2008, de un conductor de una empresa de transportes. Dicho trabajador tenía abierto un expediente en la empresa debido a su supuesta participación en los incidentes que se produjeron durante una huelga de trabajadores.

La sentencia en la que se condena al Instituto Nacional y la Tesorería General de la Seguridad Social, la mutua Fremap y la propia empresa, estima la demanda interpuesta por la familia.

Ve una relación de causalidad "clara" entre el conflicto en el que se vio envuelto el conductor y la decisión de quitarse la vida. "Si quitamos esa situación de conflictividad laboral no hay hecho o circunstancia alguna ajena al trabajo que pueda explicar por qué el trabajador llega al extremo del suicidio", concluye el juez.

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