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Currículo del nivel avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial de alemán, francés, inglés e italiano

02/07/2010
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Decreto 38/2010, de 24 de junio, por el que se modifica el Decreto 89/2008, de 18 de septiembre, por el que se establece el currículo del nivel avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial de alemán, francés, inglés e italiano en la Comunidad Autónoma de Cantabria, a los efectos de incluir el idioma portugués (BOCA de 1 de julio de 2010). Texto completo. (Ref. Iustel §017596 Vínculo a legislación)

El Decreto 38/2010 modifica el Decreto 89/2008, de 18 de septiembre, por el que se establece el currículo del nivel avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial de alemán, francés, inglés e italiano en la Comunidad Autónoma de Cantabria para implantar el idioma portugués entre la oferta de idiomas extranjeros que se cursan como enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

El Decreto 89/2008, de 18 de septiembre, por el que se establece el currículo del nivel avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial de alemán, francés, inglés e italiano en la Comunidad Autónoma de Cantabria puede consultarse en el Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

DECRETO 38/2010, DE 24 DE JUNIO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 89/2008, DE 18 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE EL CURRÍCULO DEL NIVEL AVANZADO DE LAS ENSEÑANZAS DE IDIOMAS DE RÉGIMEN ESPECIAL DE ALEMÁN, FRANCÉS, INGLÉS E ITALIANO EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA, A LOS EFECTOS DE INCLUIR EL IDIOMA PORTUGUÉS.

La Consejería de Educación publicó el currículo de los niveles básico e intermedio de las enseñanzas de idiomas de régimen especial mediante el Decreto 158/2007 Vínculo a legislación, de 5 de diciembre, por el que se establece el currículo de los niveles básico e intermedio de las enseñanzas de idiomas de régimen especial de alemán, francés, inglés e italiano en la Comunidad Autónoma de Cantabria. Igualmente, publicó el currículo del nivel avanzado mediante el Decreto 89/2008 Vínculo a legislación, de 18 de septiembre, por el que se establece el currículo del nivel avanzado de las Enseñanzas de Idiomas de Régimen Especial de alemán, francés, inglés e italiano en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Posteriormente, en el año 2009 la Consejería de Educación publica el currículo de los niveles básico e intermedio del idioma portugués mediante el Decreto 59/2009, de 16 de julio, por el que se modifican los Decretos 158/2007, de 5 de diciembre, por el que se establece el currículo de los niveles básico e intermedio de las enseñanzas de idiomas de régimen especial de alemán, francés, inglés e italiano en la Comunidad Autónoma de Cantabria, a los efectos de incluir el idioma portugués, y el Decreto 89/2008 Vínculo a legislación, de 18 de septiembre, por el que se establece el currículo del nivel avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial de alemán, francés, inglés e italiano en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Con el objeto de completar la implantación del idioma portugués entre la oferta de idiomas extranjeros que se cursan como enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Cantabria, la Consejería de Educación establece, mediante este Decreto, el currículo de nivel avanzado correspondiente al idioma portugués.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación, con el dictamen del Consejo Escolar de Cantabria, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno de Cantabria, en su reunión del día 24 de junio de 2010, DISPONGO

Artículo Único.- Modificación del Decreto 89/2008 Vínculo a legislación, de 18 de septiembre, por el que se establece el Currículo del Nivel Avanzado de las Enseñanzas de Idiomas de Régimen Especial de alemán, francés, inglés e italiano en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

1.- El artículo 1 queda redactado de la siguiente manera:

El presente Decreto tiene por objeto establecer el currículo del nivel avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial de alemán, francés, inglés, italiano y portugués en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

2.- Se añade al apartado 4.2.1.2 del Anexo I lo siguiente:

Omitido.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Desarrollo normativo.

Se autoriza al titular de la Consejería de Educación para dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean precisas para la aplicación, desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el presente Decreto.

Segunda.- Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

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