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La imagen de la Justicia; por Enrique Álvarez, Magistrado

29/06/2010
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El día 28 Junio de 2010 se publicó, en el diario La Razón, un artículo de Enrique Álvarez, en el cual el autor opina que cuando las cosas van mal en un país, todo va mal, y la Justicia no puede sustraerse. Trascribimos íntegramente dicho artículo.

LA IMAGEN DE LA JUSTICIA

Cuando las cosas van mal en un país, todo va mal, y la Justicia no puede sustraerse. Quizá lo que llama la atención es lo que desde diferentes ámbitos se ayuda a que esa imagen sea negativa, como si de ello se pudiera beneficiar alguien. La relación entre la Justicia y los medios de comunicación es simbiótica, generando una interacción biológica que normalmente debería beneficiar a ambas, pero a veces es sumamente perjudicial. Hace pocos días se prohibió el acceso de los medios de comunicación a un importante juicio por motivos de orden público. No me corresponde a mí valorar este hecho, pero con motivo de ello me ha generado un sentimiento pesimista y de retroceso, por todo el esfuerzo empleado durante los últimos años, para conseguir que la presencia de los medios en los juicios sea algo normal y hasta cierto punto necesario. El Reglamento de aspectos accesorios del CGPJ dice en su artículo 6, que “se permitirá, con carácter general, el acceso de los medios de comunicación acreditados a los actos procesales celebrados en audiencia pública, excepto en los supuestos en que puedan verse afectados valores y derechos constitucionales, en los que el Juez o Presidente del Tribunal podrá denegar dicho acceso mediante resolución motivada”, y tal precepto no fue más que fruto de una jurisprudencia consolidada del Tribunal Constitucional, por ejemplo la STC 56/2004, donde se establecía como principio, que la prohibición general a los medios de comunicación audiovisuales de acceso a las vistas de un tribunal, es vulneradora del derecho a comunicar libremente información veraz. Esto es algo que no debe ser olvidado, puesto que lo contrario es retroceder en la transparencia de la actuación judicial. Tal previsión, como bien se explica, no tiene como fin garantizar la publicidad de los juicios, algo cumplido con que los actos judiciales sean públicos y los pueda presenciar cualquiera, sino con el derecho de comunicar libremente información veraz, esto es a la difusión de la noticia. Si un juicio por el tema, el enjuiciado, o a veces por el propio Juez, es noticiable, el acceso a las vistas públicas sólo puede ser restringido cuando puedan verse afectados valores o derechos fundamentales, exigiendo para ello al juez o tribunal un juicio de ponderación de tales valores, el que está en juego y el de trasmitir información veraz, no valiendo una negativa genérica expresa o tácita. Ahora bien, esto exige la corresponsabilidad de los medios de comunicación, deben colaborar para que su legítima función sea lo menos invasora y perturbadora posible, que sea compatible con la buena marcha de un juicio, que se respete el ámbito de espontaneidad que deben tener todas las declaraciones vertidas en juicio, especialmente las de los testigos, la imagen de estos y peritos, etc. Además no debe olvidarse que el derecho que justifica este acceso es el de trasmitir información veraz, no cualquier información u opinión, y aquí es donde el papel de los medios de comunicación es vital y aliado para la Justicia; la transparencia exige responsabilidad al Juez, pero también al periodista, el cual no debe caer en expresos partidismos, esto es, el derecho se debe utilizar sólo para transmitir información veraz. Para otras actividades periodísticas están los artículos de opinión y las editoriales. La Administración de Justicia está quizá en su peor momento de valoración social desde el advenimiento de la democracia; y esto se debe principalmente a varios motivos, todos ellos muy alejados de este pretendido cuestionamiento del modelo de juez español, quizá lo único que hoy por hoy sostiene nuestra justicia. Casos puntuales que arrastran su imagen como consecuencia de su perfil mediático, casos excepcionales, la imagen que el Tribunal Constitucional, sin pertenecer al poder judicial traslada sobre el mismo, el uso partidista que muchos responsables políticos hacen de las resoluciones judiciales, llegando en algunas actuaciones vergonzantes a cuestionar a Tribunales, como el Supremo, sencillamente porque las decisiones que adoptan no valen para sus intereses políticos, la permanente y sonrojante falta de modernización de la Justicia, y por último, que los ciudadanos cada vez exigen más y son más conscientes de sus derechos, lo cual es positivo. Vivimos en un país complejo y en materia de Justicia más, pero no se debe pervertir la verdad, el problema de la Justicia, no es el sistema de selección de los jueces, se puede y debe mejorar, pero a nadie le debe molestar un juez que conozca el ordenamiento jurídico, y eso exige memorizar la ley, a la vez que se le debe formar en técnicas de interpretación y aplicación de la misma; los jueces no venimos de Marte, pertenecemos a esta sociedad, no provenimos de familias ricas, lo somos gracias a nuestro esfuerzo personal, y no se debe confundir ser un buen juez con el falso progresismo. Algunos lo prefieren, pero confunden la realidad con sus propios intereses, y la independencia con el conservadurismo.

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