El magistrado no podrá unirse, tal y como había solicitado la Generalitat, a la votación desglosada en artículos del 'Estatut'. La resolución reitera el carácter "firme e irrecurrible" de la recusación de Pérez-Tremps y añade que contra ella "no cabe recurso ni existe vía directa o indirecta de impugnación, por lo que procede, sin entrar en ninguna otra consideración, declarar la inadmisibilidad del recurso de súplica planteado".
El rechazo de la tramitación del recurso implica que el Tribunal no tenga que dar traslado del mismo a las partes personadas en el procedimiento, lo que podría agilizar una posible resolución.