Diario del Derecho. Edición de 16/06/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 21/06/2010
 
 

Registro Administrativo de Librerías

21/06/2010
Compartir: 

Decreto 92/2010, de 3 de junio, por el que se deroga el Decreto 342/2009, de 18 de junio, por el que se crea el Registro Administrativo de Librerías de Galicia y se regula su organización y funcionamiento (DOG de 18 de junio de 2010). Texto completo.

DECRETO 92/2010, DE 3 DE JUNIO, POR EL QUE SE DEROGA EL DECRETO 342/2009, DE 18 DE JUNIO, POR EL QUE SE CREA EL REGISTRO ADMINISTRATIVO DE LIBRERÍAS DE GALICIA Y SE REGULA SU ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO.

La Ley 17/2006, de 27 de diciembre, del libro y de la lectura de Galicia, preveía en el artículo 11.5.º la creación de un registro de librerías en el que deberían inscribirse todas las librerías de Galicia.

En cumplimento de lo dispuesto en el citado artículo el Decreto 342/2009, de 18 de junio, creó el Registro Administrativo de Librerías, con el objeto de la inscripción y anotación de los datos relativos a las librerías y libreros/as radicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia, y reguló su organización y funcionamiento.

La Ley 1/2010, de 11 de febrero, de modificación de diversas leyes de Galicia para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, en el artículo 19 suprime el citado artículo 11.5.º de la Ley 17/2006 con el fin de eliminar trabas innecesarias a la libertad de establecimiento de prestadores y a la libre circulación de servicios.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Cultura y Turismo, de acuerdo con el dictamen del Consejo Consultivo y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día tres de junio de dos mil diez, DISPONGO:

Artículo único.

Queda derogado el Decreto 342/2009, de 18 de junio, por el que se crea el Registro Administrativo de Librerías de Galicia y se regula su organización y funcionamiento.

Disposición transitoria Los procedimientos ya iniciados antes de la entrada en vigor de este decreto quedan sin efecto tras la correspondiente resolución del titular de la Dirección General de Promoción y Difusión de la Cultura.

Disposiciones finales

Primera.-Se faculta al conselleiro de Cultura y Turismo para dictar las disposiciones necesarias para la ejecución de este decreto.

Segunda.-Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Condenan a 28 años de cárcel al hombre que asesinó a su pareja en Piedrabuena (Ciudad Real) tras años de maltrato
  2. Estudios y Comentarios: Agonizante europeísmo del Gobierno; por Araceli Mangas Martín, académica de Número de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas y catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid
  3. Estudios y Comentarios: Nota breve sobre una ponencia de sentencia constitucional; por Ramón Trillo; Ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  4. Tribunal Supremo: Se examina por la Sala los requisitos que han de concurrir para apreciar la responsabilidad civil subsidiaria del titular de un establecimiento de ocio en el que se comete un delito
  5. Estudios y Comentarios: La urgente necesidad de reducir la complejidad del Derecho digital europeo; por Moisés Barrio Andrés, Letrado del Consejo de Estado
  6. Tribunal Supremo: Analiza la Sala los efectos de la prórroga ordinaria de un Convenio Colectivo con relación a la cláusula de revisión salarial contenida en el mismo
  7. Legislación: Tasas por tramitación de autorizaciones administrativas y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería
  8. Legislación: Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a entidades sin ánimo de lucro que fomenten la cultura emprendedora
  9. Estudios y Comentarios: La ley electoral cumple 40 años; por Enrique Arnaldo Alcubilla, magistrado del Tribunal Constitucional
  10. Actualidad: Almería lidera la mediación penal en Andalucía con más de 600 juicios evitados en un año

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana