La sentencia considera que no existía en la adjudicación "ni un sólo documento" que justificara que es necesaria una gestora privada. Y añade que el pliego de condiciones no incluye un precio "cierto ni referencial". Los honorarios marcados por los pliegos de la EMVS eran del 6% "del coste total de las actuaciones que se acometan", lo que para el alto tribunal es "ciertamente un precio indeterminado".