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III Plan Andaluz del Voluntariado 2010-2014

11/05/2010
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Decreto 114/2010, de 6 de abril, por el que se aprueba el III Plan Andaluz del Voluntariado 2010-2014 (BOJA de 10 de mayo de 2010). Texto completo.

DECRETO 114/2010, DE 6 DE ABRIL, POR EL QUE SE APRUEBA EL III PLAN ANDALUZ DEL VOLUNTARIADO 2010-2014.

El artículo 10.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece que “La Comunidad Autónoma de Andalucía promoverá las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; removerá los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y fomentará la calidad de la democracia facilitando la participación de todos los andaluces en la vida política, económica, cultural y social”.

En este sentido, el artículo 10.3.19.º del citado Estatuto establece como objetivo básico de la Comunidad Autónoma de Andalucía “La participación ciudadana en la elaboración, prestación y evaluación de las políticas públicas, así como la participación individual y asociada en los ámbitos cívico, social, cultural, económico y político, en aras de una democracia social avanzada y participativa”.

Corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en virtud del artículo 61.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, la competencia en exclusiva en materia de voluntariado, que incluye, en todo caso, la definición de la actividad y la regulación y la promoción de las actuaciones destinadas a la solidaridad y a la acción voluntaria que se ejecuten individualmente o a través de instituciones públicas o privadas.

El Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 7/2001, de 12 de julio, del Voluntariado, cuyo artículo 23 regula el Plan Andaluz del Voluntariado, como instrumento que determina los criterios de planificación y coordinación de las actuaciones proyectadas en materia de voluntariado, con sujeción a los principios establecidos en la citada Ley y que incluye el conjunto de acciones que, en esta materia, desarrolla la Administración de la Comunidad Autónoma en relación con los distintos sectores.

En desarrollo de dicha Ley 7/2001, de 12 de julio, el Decreto 123/2003 Vínculo a legislación, de 6 de mayo, aprobó el I Plan Andaluz del Voluntariado 2003-2005 y el Decreto 79/2006 Vínculo a legislación, de 4 de abril, aprobó el II Plan Andaluz del Voluntariado en Andalucía que ha extendido su vigencia durante los años 2006-2009. Ambos Planes han sentado las bases sobre las que construir políticas públicas orientadas hacia el fomento de la acción voluntaria organizada, contribuyendo decisivamente a la labor que realizan las entidades sin ánimo de lucro en el territorio de nuestra Comunidad Autónoma.

El nuevo Plan enmarca las líneas estratégicas a seguir para canalizar una efectiva promoción de la acción voluntaria en el conjunto de la ciudadanía andaluza, a través de la participación de todos aquellos sectores implicados en la promoción de los valores solidarios. Sus principios y líneas estratégicas se fundamentan en los logros identificados a través del seguimiento y evaluación tanto del I como del II Plan Andaluz del Voluntariado, que han contribuido a modernizar la gestión asociativa y el fomento de nuevos yacimientos para la participación y la proximidad democrática en Andalucía.

El III Plan Andaluz del Voluntariado, que se aprueba mediante este Decreto, ha sido informado favorablemente por el Consejo Andaluz del Voluntariado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 7/2001, de 12 de julio.

El Decreto del Presidente 14/2010 Vínculo a legislación, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías, asigna a la Consejería de Gobernación y Justicia las competencias anteriormente atribuidas a la Consejería de Gobernación, mediante el Decreto 164/2009 Vínculo a legislación, de 19 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación, entre las que se encuentra la competencia para la promoción y coordinación del voluntariado en Andalucía.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Gobernación y Justicia, de conformidad con los artículos 21.3 Vínculo a legislación y 27 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 6 de abril de 2010.

DISPONGO

Artículo único. Aprobación del III Plan Andaluz del Voluntariado 2010-2014.

1. Se aprueba el III Plan Andaluz del Voluntariado 2010-2014 como instrumento de planificación y coordinación de todas las actuaciones de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de voluntariado, el cual se desarrollará en colaboración con otras Administraciones Públicas y demás entidades, públicas o privadas, con las que se acuerde su incorporación y participación en el mismo.

2. El texto del Plan estará disponible en el sitio web oficial de la Consejería de Gobernación y Justicia.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Queda derogado el Decreto 79/2006 Vínculo a legislación, de 4 abril, por el que se aprueba el II Plan Andaluz del Voluntariado en Andalucía 2006-2009, así como las restantes normas de igual o inferior rango que se opongan o contradigan lo dispuesto en el presente Decreto.

Disposición final primera. Desarrollo, ejecución y referencias a órganos suprimidos.

1. Se faculta a la persona titular de la Consejería de Gobernación y Justicia para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y la ejecución del presente Decreto.

2. Las referencias del III Plan Andaluz del Voluntariado 2010-2014 a órganos que se suprimen por el Decreto del Presidente 14/2010 Vínculo a legislación, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías, se entenderán realizadas a los que, por esa misma norma, se crean y los sustituyen o asumen sus competencias.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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