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  • EDICIÓN DE 05/05/2010
 
 

Subvenciones a la concesión de préstamos destinados a los titulares de explotaciones ganaderas de ovino

05/05/2010
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Orden de 19 de abril de 2010, del Consejero de Agricultura y Alimentación, de modificación de la Orden de 17 de marzo de 2008, del Departamento de Agricultura y Alimentación, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a la concesión de préstamos destinados a los titulares de explotaciones ganaderas de ovino, caprino, cunícola, vacuno de carne y porcino, de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA de 4 de mayo de 2010). Texto completo.

ORDEN DE 19 DE ABRIL DE 2010, DEL CONSEJERO DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN, DE MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 17 DE MARZO DE 2008, DEL DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES A LA CONCESIÓN DE PRÉSTAMOS DESTINADOS A LOS TITULARES DE EXPLOTACIONES GANADERAS DE OVINO, CAPRINO, CUNÍCOLA, VACUNO DE CARNE Y PORCINO, DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN.

Como resultado de un conjunto de factores de naturaleza estructural y coyuntural, determinados sectores ganaderos españoles soportaron durante 2007 incrementos en los costes de producción, afectando gravemente a la rentabilidad de las explotaciones.

Para paliar estos efectos, se publicó el 2 de febrero de 2008 en el “Boletín Oficial del Estado” la Orden APA/165/2008, de 31 de enero, por la que se establecen las bases y la convocatoria de ayudas a los titulares de explotaciones ganaderas para sufragar el coste de los avales concedidos por la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria para la obtención de préstamos. Mediante esta Orden, el entonces Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se comprometió a proponer a las comunidades autónomas, para su aprobación en la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural, la cofinanciación de los intereses de los préstamos previstos en la precitada orden.

En el “Boletín Oficial de Aragón” número 36, de 28 de marzo de 2008, se publicó la Orden de 17 de marzo de 2008, del Departamento de Agricultura y Alimentación, por la que se aprobaron las bases reguladoras de las subvenciones a la concesión de préstamos destinados a los titulares de explotaciones ganaderas de ovino, caprino, cunícola, vacuno de carne y porcino, de la Comunidad Autónoma de Aragón, en las condiciones fijadas por la Orden APA/165/2008, y se aprobó la convocatoria para el año 2008.

Con esta línea de ayudas se pretendió que dichos sectores ganaderos pudieran acceder en condiciones preferentes a determinados préstamos, con los cuales obtener la liquidez necesaria para hacer frente al incremento de costes de las materias primas, agravado por situaciones estructurales deficitarias, y que permitieran la viabilidad y normal funcionamiento de sus explotaciones.

En la actualidad, la economía atraviesa una situación de escasez de crédito en los mercados financieros que dificulta a los ganaderos el acceso a este factor de producción, fundamental para el funcionamiento y crecimiento de sus explotaciones.

Ello ha motivado que el hoy Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, mediante la Orden ARM/572/2010, de 10 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas a los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas para facilitar el acceso a la financiación, entre otros objetivos, incremente el apoyo a los titulares de los préstamos que se acogieron a las subvenciones previstas en la Orden APA/165/2008, de 31 de enero, de forma que los beneficiarios voluntariamente puedan acordar con las entidades financieras prestatarias prolongar hasta en dos años más el período de amortización, pudiendo ser éstos de carencia para el pago del principal.

Este apoyo consistirá en sufragar el incremento del coste de los avales otorgados por la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria resultante de dicha ampliación, así como la cofinanciación de los intereses que se generen como consecuencia de la prolongación del plazo de amortización hasta en dos años, articulado a través de la normativa propia de las comunidades autónomas.

En consecuencia, es necesario proceder a la modificación de las bases reguladoras de estas ayudas, recogidas en la citada Orden de 17 de marzo de 2008, para incorporar en ellas los cambios introducidos por la Orden ARM/572/2010, de 10 de marzo, lo que se efectúa mediante la aprobación de esta disposición.

En aplicación de lo establecido en las bases reguladoras ahora modificadas, se procederá a convocar, para el ejercicio 2011 y sucesivos, la correspondiente ayuda a la concesión de préstamos destinados a los titulares de explotaciones ganaderas de ovino, caprino, cunícola, vacuno de carne y porcino.

Por todo lo expuesto, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden de 17 de marzo de 2008 del Departamento de Agricultura y Alimentación.

El artículo 7 de la Orden de 17 de marzo de 2008 del Departamento de Agricultura y Alimentación, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a la concesión de préstamos destinados a los titulares de explotaciones ganaderas de ovino, caprino, cunícola, vacuno de carne y porcino, de la Comunidad Autónoma de Aragón queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 7. Tipo y cuantía de la subvención.

1. Las subvenciones previstas en esta orden consistirán en la bonificación hasta cuatro puntos del tipo de interés del préstamo formalizado por el titular de explotación hasta 40.000 euros de principal, durante los años que fije la convocatoria o convocatorias correspondientes, cuyo plazo de amortización sea de siete años como máximo, incluyendo tres años de carencia como máximo.

2. En aplicación del artículo 3, de la disposición adicional única de la Orden APA/165/2008, y de la disposición adicional segunda de la Orden ARM/572/2010, las subvenciones previstas en esta orden estarán cofinanciadas por la Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad Autónoma. A tal efecto, el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, financiará parcialmente con cargo a su presupuesto dicho préstamo hasta un máximo equivalente a dos puntos de interés, incluyendo, en su caso, en dicha cuantía el coste de la comisión de gestión del aval de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (en adelante, SAECA), en aquellos préstamos formalizados a los que hace referencia el apartado 1.

3. Adicionalmente a lo previsto en el apartado 1, y con cargo exclusivamente a los presupuestos de la Comunidad Autónoma, se podrán subvencionar hasta dos puntos del tipo de interés del préstamo formalizado por los titulares de explotaciones de vacuno de carne y porcino, del principal que supere los 40.000 euros y hasta los 120.000 euros, durante los años de amortización que fije la convocatoria o convocatorias correspondientes.

4. Las ayudas reguladas en la presente disposición, en la Orden APA/165/2008 y en la Orden ARM/572/2010, se otorgarán al amparo de lo dispuesto en el reglamento (CE) n.º 1535/2007 de la Comisión, de 20 de diciembre de 2007, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de minimis en el sector de la producción de productos agrícolas, quedando, por tanto, condicionada la cuantía total de las subvenciones a un máximo de 7.500 euros por beneficiario en un período de tres ejercicios fiscales.”

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

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