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  • EDICIÓN DE 22/04/2010
 
 

La Comisión Constitucional aprueba el dictamen sobre la reforma del Estatuto de Castilla-La Mancha

22/04/2010
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La Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados aprobó ayer el dictamen sobre la propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, que pasará a ser debatido en Pleno, donde necesitará el apoyo de la mayoría absoluta de los diputados, al tratarse de Ley Orgánica.

El texto del preámbulo y el articulado de la propuesta fue aprobado en Comisión con 18 votos a favor, 17 en contra y 3 abstenciones. Tras el debate en la Comisión Constitucional, sólo fue incorporada una enmienda, la número 32, de ERC-IU-ICV, que quedó aprobada por unanimidad.

La propuesta de reforma del Estatuto de Castilla-La Mancha comenzó su tramitación parlamentaria el 14 de octubre de 2008, cuando se celebró el debate de totalidad en el Pleno de la Cámara.

Una vez registrada la propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía, tal y como establece el Reglamento del Congreso de los Diputados, éste fue calificado por la Mesa de la Cámara y tramitado como proyecto de Ley Orgánica.

Como marca la Resolución de la Presidencia del Congreso de 16 de marzo de 1993 sobre el procedimiento para la tramitación de la reforma de los Estatutos de Autonomía, a partir de su publicación, la propuesta de reforma de Estatuto fue sometida a un debate de totalidad en el Pleno.

Una vez superado el debate de totalidad, la Mesa de la Cámara acordó la apertura del plazo de presentación de enmiendas al articulado y la remisión del texto a la Comisión Constitucional, para su tramitación de acuerdo con lo previsto en el Reglamento para los proyectos de ley orgánica.

El dictamen aprobado por la Comisión Constitucional será elevado a Pleno. La propuesta de reforma, como ley orgánica, requerirá mayoría absoluta en el Pleno para ser aprobada y pasar a continuar su tramitación en el Senado.

En el supuesto de que el Senado opusiese su veto al texto remitido por el Congreso, se dará cuenta inmediata a la Asamblea de la Comunidad Autónoma, que podrá retirar la propuesta en cualquier momento de su tramitación en la Cámara.

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