Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 19/04/2010
 
 

Becas de formación e investigación en materias relacionadas con la Unión Europea

19/04/2010
Compartir: 

Orden de 24 de marzo de 2010, sobre convocatoria de becas de formación e investigación en materias relacionadas con la Unión Europea para el año 2010 (BOJA de 16 de abril de 2010). Texto completo.

ORDEN DE 24 DE MARZO DE 2010, SOBRE CONVOCATORIA DE BECAS DE FORMACIÓN E INVESTIGACIÓN EN MATERIAS RELACIONADAS CON LA UNIÓN EUROPEA PARA EL AÑO 2010.

De conformidad con lo previsto en el Decreto 163/2009 Vínculo a legislación, de 19 de mayo, y en el Decreto 61/1995, de 14 de marzo, relativos a la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, corresponde a esta Consejería la competencia en el desarrollo de acciones de formación, información y divulgación dirigidas a la sociedad andaluza sobre la actividad de la Unión Europea, atribuyendo su ejercicio a la Secretaría General de Acción Exterior.

Teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 38/2003 Vínculo a legislación, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS Vínculo a legislación ), y en el Real Decreto 887/2006 Vínculo a legislación, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento de aplicación y, en concreto, lo dispuesto en su artículo 8, la gestión de las subvenciones se realizará de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

La Consejería de la Presidencia, consciente de la conveniencia de aportar a las nuevas personas tituladas universitarias una experiencia en las áreas de su competencia que facilite su posterior incorporación al mercado laboral, estableció, mediante la Orden de 24 de Vínculo a legislación abril de 2008, las bases reguladoras de la concesión de becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con la Unión Europea. En el artículo 9 se establece que las convocatorias de las becas se efectuarán anualmente mediante Orden de la Consejería de la Presidencia publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En su virtud, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 107 Vínculo a legislación de la Ley 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás normas de general aplicación,

DISPONGO

Artículo 1. Convocatoria de becas para el año 2010.

1. De conformidad con el artículo 9 Vínculo a legislación de la Orden de 24 de abril de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación e investigación en materias relacionadas con la Unión Europea, se realiza la convocatoria de becas para el año 2010, para la realización de trabajos de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con la Unión Europea.

Las becas se adscriben a la Secretaría General de Acción Exterior de la Consejería de la Presidencia en Sevilla y a la Delegación de la Junta de Andalucía en Bruselas, de conformidad con la descripción que se realiza en el artículo 3.

2. Será de aplicación a la presente convocatoria lo previsto en la Orden de 24 de Vínculo a legislación abril de 2008, sin perjuicio de la aplicación de las normas referidas en su artículo 1.

Artículo 2. Solicitudes.

1. Las solicitudes para participar en el proceso de selección para la adjudicación de becas que se convocan mediante la presente Orden, se dirigirán a la persona titular de la Consejería de la Presidencia y se presentarán, preferentemente, en el Registro General de dicha Consejería, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. No obstante lo anterior, las personas interesadas podrán realizar la presentación de solicitudes de forma telemática en la Oficina Virtual de la Consejería de la Presidencia (www.juntadeandalucia.es/presidencia), conforme al artículo 4 Vínculo a legislación de la Orden de 28 de diciembre de 2007, por la que se regula la tramitación telemática de las solicitudes en los procedimientos administrativos de subvenciones y ayudas de la Consejería de la Presidencia, BOJA núm. 10, de 15 de enero de 2008, desde donde se cursará al Registro telemático único de la Administración de la Junta de Andalucía.

3. Dichas solicitudes se ajustarán a los modelos impresos que figuran como Anexos I y II de la citada Orden de 24 de Vínculo a legislación abril de 2008 (BOJA núm. 99, de 20 de mayo de 2008), los cuales estarán disponibles en la Oficina Virtual de la Consejería de la Presidencia, en la dirección de Internet: www.juntadeandalucia.es/presidencia, así como en el portal del ciudadano www.andaluciajunta.es.

Artículo 3. Plazo y notificaciones.

1. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

2. Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las personas interesadas se publicarán en el tablón de la Consejería de la Presidencia, sito actualmente en la Plaza de la Contratación, número 3, de Sevilla, así como en la página web de la Consejería de la Presidencia, en la dirección de internet: www.juntadeandalucia.es/presidencia, en los términos establecidos en el artículo 59.6.b) Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos.

Artículo 4. Descripción de las becas.

1. Centro Directivo de adscripción: Secretaría General de Acción Exterior de la Consejería de la Presidencia en Sevilla:

a) Número de becas que se convocan: Tres.

b) Duración: Doce meses.

c) Cuantía bruta de la dotación de cada beca: 12.844 euros.

d) Desglose de las asignaciones: Doce mensualidades a razón de 1.000 euros; gastos extraordinarios: 844 euros.

e) Finalidad y materia de las becas: Realización de actividades de formación, investigación y apoyo sobre materias relacionadas con la Unión Europea.

f) Requisitos Generales: Los establecidos en el artículo 4 Vínculo a legislación de la Orden de 24 de abril de 2008.

g) Formación:

- Titulación: Licenciatura e Ingenierías Superiores. La fecha de finalización de estudios deberá ser posterior al mes de diciembre de 2005

- Formación específica: Materias relacionadas con la Unión Europea en los términos establecidos en el artículo 5 Vínculo a legislación de la Orden de 24 de abril de 2008.

Idiomas: Inglés o francés.

2. Centro Directivo de adscripción: Delegación de la Junta de Andalucía en Bruselas.

a) Número de becas que se convocan: Tres.

b) Duración: Doce meses.

c) Cuantía bruta de la dotación de cada beca: 16.937 euros.

d) Desglose de las asignaciones: 12 mensualidades a razón de 1.300 euros; gastos extraordinarios: 1.337 euros.

e) Finalidad y materia de las becas: Realización de actividades de formación, investigación y apoyo sobre materias relacionadas con la Unión Europea.

f) Requisitos Generales: Los establecidos en el artículo 4 Vínculo a legislación de la Orden de 24 de abril de 2008.

g) Formación:

Titulación: Licenciatura e Ingenierías Superiores. La fecha de finalización de estudios deberá ser posterior al mes de diciembre de 2005.

Formación específica: Materias relacionadas con la Unión Europea en los términos establecidos en el artículo 5 Vínculo a legislación de la Orden de 24 de abril de 2008.

Idiomas: Inglés o francés.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana