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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña anula dos artículos del Código Deontológico del Colegio de Médicos

14/04/2010
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha anulado dos artículos del Código Deontológico del Colegio de Médicos que, según la sentencia, contravenían la Ley de Autonomía del Paciente.

Según el Tribunal todos los facultativos deberán informar a los padres o tutores de un menor de 16 años cuando la vida de este se encuentre en grave peligro, incluyendo los casos en los que el niño o adolescente ha pedido confidencialidad sobre su estado de salud o patología.

Asimismo, el médico deberá tener en cuenta la opinión de los padres a la hora de aplicar determinados tratamientos.

El otro artículo impugnado facultaba a los médicos a practicar una interrupción del embarazo o a esterilizar a menores de edad sin el consentimiento de "las personas vinculadas responsables".

El Tribunal estima que el facultativo siempre deberá solicitar el beneplácito de los padres o tutores, como establece la actual legislación.

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