Según el Tribunal todos los facultativos deberán informar a los padres o tutores de un menor de 16 años cuando la vida de este se encuentre en grave peligro, incluyendo los casos en los que el niño o adolescente ha pedido confidencialidad sobre su estado de salud o patología.
Asimismo, el médico deberá tener en cuenta la opinión de los padres a la hora de aplicar determinados tratamientos.
El otro artículo impugnado facultaba a los médicos a practicar una interrupción del embarazo o a esterilizar a menores de edad sin el consentimiento de "las personas vinculadas responsables".
El Tribunal estima que el facultativo siempre deberá solicitar el beneplácito de los padres o tutores, como establece la actual legislación.