Diario del Derecho. Edición de 30/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 22/03/2010
 
 

Modificación de la estructura orgánica de la Presidencia de la Junta

22/03/2010
Compartir: 

Decreto 58/2010, de 12 de marzo, por el que se modifica el Decreto 213/2008, de 24 de octubre, de estructura orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura (DOE de 18 de marzo de 2010). Texto completo.

DECRETO 58/2010, DE 12 DE MARZO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 213/2008, DE 24 DE OCTUBRE, DE ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE EXTREMADURA.

La estabilidad y el equilibrio presupuestario para el conjunto de la Administración autonómica, junto con el mantenimiento del gasto social y de la inversión necesaria para impulsar el crecimiento económico y la creación de empleo, constituyen los objetivos prioritarios del Gobierno como medida para paliar los efectos de la actual situación económica. Para conciliar esta prioridad es necesario incidir en la política de austeridad, rigor y contención, especialmente en los gastos asociados al funcionamiento de la Administración, siempre que ello no repercuta en la calidad de los servicios públicos.

Con esta finalidad se aprueba el Decreto 28/2010 Vínculo a legislación, de 5 de marzo, por el que se suprimen y reestructuran diversos órganos directivos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, como respuesta del ejecutivo a la imperiosa necesidad de racionalizar y contener el gasto corriente ante la actual situación económica, lo que representa un esfuerzo sin precedentes para una Administración que ya se situaba entre las más austeras de España atendiendo a su estructura organizativa.

Como consecuencia de la citada reordenación administrativa, la estructura orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura, aprobada mediante Decreto 213/2008 Vínculo a legislación, de 24 de octubre, se ha visto afectada mediante la supresión de la Secretaría de Documentación e Información Parlamentaria, órgano con rango de Dirección General adscrito a la Vicepresidencia Primera y Portavocía, y dependiente del Coordinador General de la Presidencia y de Relaciones con la Asamblea, cuyo titular asumirá las funciones que aquélla venía desempeñando.

Asimismo, y como consecuencia de la supresión de la Dirección General de la Función Pública en la estructura de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, cuyas competencias han sido asumidas por la nueva Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, en cuanto que el titular de aquélla era miembro de la Comisión de Secretarios Generales, resulta necesario actualizar la composición de ésta mediante la oportuna modificación.

Esta política de austeridad pretende dotar a la Administración de una nueva cultura presupuestaria que contribuya a una reducción del gasto público y a fomentar la conciencia del uso racional de los recursos públicos por parte de sus empleados.

En este sentido resulta necesario reforzar los principios de eficiencia y eficacia en la ejecución del gasto público, para lo cual es necesario realizar acciones específicas en el seguimiento, control y optimización de los recursos públicos y su gestión, con la finalidad de reducir el gasto corriente, de cara a lograr el equilibrio presupuestario y posibilitar la financiación de los servicios que se prestan a los ciudadanos.

Con este propósito se crea en la estructura orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura, bajo la supervisión directa del Presidente de la Junta de Extremadura y la dirección del Coordinador General de la Presidencia y de Relaciones con la Asamblea, sin coste adicional alguno, la Oficina de Optimización del Gasto, cuyo principal objetivo será analizar las necesidades de gasto y efectuar un constante seguimiento, control y evaluación del mismo con el objetivo de aunar esfuerzos y generar economías de escala en el aprovisionamiento de bienes y servicios de uso común por los diferentes departamentos, cuidando que la orientación del gasto público se aplique bajo los criterios de homogeneidad, racionalidad y austeridad.

Por todo ello, resulta necesario trasladar las modificaciones habidas y adaptar la estructura organizativa de la Presidencia de la Junta de Extremadura a esta nueva configuración, al mismo tiempo que también resulta conveniente incorporar a la regulación de la Comisión de Secretarios Generales el detalle actualizado de los cargos que la integran.

En virtud de todo lo anterior, de conformidad con lo previsto en los artículos 23.ñ) Vínculo a legislación y 57.1 Vínculo a legislación de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a iniciativa de la Vicepresidenta Primera y Portavoz, y a propuesta del Consejero de Administración Pública y Hacienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión de 12 de marzo de 2010, DISPONGO:

Artículo único. Modificación del Decreto 213/2008 Vínculo a legislación, de 24 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura.

El Decreto 213/2008 Vínculo a legislación, de 24 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura, queda modificado como sigue:

Uno. El artículo 6 queda redactado con el siguiente tenor literal:

“Artículo 6. Coordinador General de la Presidencia y de Relaciones con la Asamblea.

1. Al Coordinador General de la Presidencia y de Relaciones con la Asamblea, bajo la supervisión del titular de la Vicepresidencia Primera y Portavocía, se le encomiendan las relaciones con la ciudadanía y los Ayuntamientos, así como las funciones de relación entre la Junta y la Asamblea de Extremadura. En particular le corresponde recabar de las diferentes Consejerías cuanta información y documentación precisen de la Junta de Extremadura las diferentes Comisiones Parlamentarias, así como coordinar la comparecencia en sede parlamentaria de los miembros de la Junta de Extremadura, autoridades y funcionarios públicos competentes por razón de la materia objeto de debate.

2. Bajo la supervisión directa del Presidente, al Coordinador General de la Presidencia y de Relaciones con la Asamblea le corresponde dirigir la Oficina de Optimización del Gasto, cuyo principal objetivo será analizar las necesidades de gasto y efectuar un constante seguimiento, control y evaluación del mismo con el objetivo de aunar esfuerzos y generar economías de escala en el aprovisionamiento de bienes y servicios de uso común por los diferentes departamentos, cuidando que la orientación del gasto público se aplique bajo los criterios de homogeneidad, racionalidad y austeridad. Dicha Oficina desempeñará sus funciones a través de la formulación de instrucciones y directrices de obligado cumplimiento para el conjunto de órganos de la Administración autonómica, pudiendo recabar para ello cuanta información precise, y todo ello sin perjuicio de las competencias que el ordenamiento jurídico atribuye a los diferentes órganos administrativos. Le corresponden igualmente las funciones de documentación en el ámbito de la Presidencia de la Junta de Extremadura.

3. Para el adecuado desempeño de sus funciones el Coordinador General de la Presidencia y de Relaciones con la Asamblea cuenta con las siguientes unidades y órganos administrativos:

- Secretaría de Relaciones con la Ciudadanía y los Ayuntamientos.

- Servicio de la Oficina de Optimización del Gasto.

- Servicio de Análisis”.

Dos. El apartado 5 del artículo 12 queda redactado de la siguiente forma:

“5. La Secretaría General de la Presidencia de la Junta de Extremadura, para el desempeño de las funciones que tiene encomendadas, contará con los siguientes órganos administrativos:

- Servicio de Régimen Jurídico y Recursos Humanos.

- Servicio de Contratación y Gestión Económica.

- Servicio de Régimen Interior y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones”.

Disposición adicional única. Supresión y modificación de puestos de trabajo.

Consecuencia de la reorganización realizada, en la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Vicepresidencia Primera y Portavocía se producen los siguientes cambios:

1. Supresión de puestos de trabajo:

- Se suprime de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Presidencia de la Junta de Extremadura, la “Jefatura de Servicio de Administración General”, identificada con el n.º de control 133.

2. Modificación de puestos de trabajo:

- Se modifica la denominación de la “Jefatura de Servicio de Documentación”, identificada con n.º de control 5830, que pasa a denominarse, con el mismo nivel orgánico, “Jefatura de Servicio de la Oficina de Optimización del Gasto”.

- Se modifica la denominación de la “Jefatura de Servicio de Régimen Jurídico”, identificada con n.º de control 38636510, que pasa a denominarse “Jefatura de Servicio de Régimen Jurídico y Recursos Humanos”.

- Se modifica la denominación de la “Jefatura de Servicio de Contratación”, identificada con n.º de control 418, que pasa a denominarse “Jefatura de Servicio de Contratación y Gestión Económica”.

- Se modifica la denominación de la “Jefatura de Servicio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones”, identificada con n.º de control 38636710, que pasa a denominarse “Jefatura de Servicio de Régimen Interior y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones”.

Disposición final primera. Modificación del Decreto 84/2003 Vínculo a legislación, de 15 de julio, que regula la Comisión de Secretarios Generales.

El artículo 2 Vínculo a legislación del Decreto 84/2003, de 15 de julio, que regula la Comisión de Secretarios Generales, quedará redactado como sigue:

“1. La Comisión de Secretarios Generales la integran los titulares de la Vicepresidencia Primera y Portavocía, de la Consejería que ejerza las funciones de Administración Pública y Hacienda, del cargo de Coordinador General de la Presidencia y de Relaciones con la Asamblea, de las Secretarías Generales de todas las Consejerías y de la Presidencia de la Junta, del cargo de Interventor General, de la Dirección General de los Servicios Jurídicos, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública y de la Dirección General de Presupuestos y Tesorería.

2. La Comisión de Secretarios Generales será presidida por el titular de la Vicepresidencia Primera y Portavocía de la Junta de Extremadura. Será Vicepresidente/a de la misma el titular de la Consejería que ejerza las funciones de Administración Pública y Hacienda.

3. Actuará como Secretario/a de la Comisión el titular de la Secretaría General de la Presidencia de la Junta de Extremadura.

4. En casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, el/la Presidente/a de la Comisión será sustituido/a por el titular de la Consejería que ejerza las funciones de Administración Pública y Hacienda. En casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, el/la Secretario/a será sustituido por el titular de la Secretaría General de la Consejería que ejerza las funciones de Administración Pública y, en su defecto, por el/la Secretario/a General de mayor antigüedad en el cargo y, en caso de igualdad de fechas, por el/la de mayor edad”.

Disposición final segunda. No incremento del gasto público.

La constitución de la Oficina de Optimización del Gasto se materializará sin creación de puestos de trabajo, ni aumento de coste de funcionamiento de los respectivos órganos, por lo que no supondrá incremento del gasto público.

Disposición final tercera. Habilitación normativa.

Se autoriza al titular de la Consejería de Administración Pública y Hacienda a adoptar las medidas y dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el presente Decreto.

Disposición final cuarta. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana