Diario del Derecho. Edición de 03/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 09/03/2010
 
 

Subvenciones dirigidas a la realización de inversiones en ahorro y eficiencia energética

09/03/2010
Compartir: 

Orden EYE/251/2010, de 12 de febrero, por la que se modifica la Orden EYE/2283/2009, de 9 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a la realización de inversiones en ahorro y eficiencia energética: sector Transformación de la Energía, en la Comunidad Autónoma de Castilla y León (BOCYL de 8 de marzo de 2010). Texto completo.

ORDEN EYE/251/2010, DE 12 DE FEBRERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN EYE/2283/2009, DE 9 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LA REALIZACIÓN DE INVERSIONES EN AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA: SECTOR TRANSFORMACIÓN DE LA ENERGÍA, EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN.

La Orden EYE/2283/2009, de 9 de diciembre, por la que se establecen las Bases Reguladoras de las subvenciones dirigidas a la realización de inversiones en ahorro y eficiencia energética: sector Transformación de la Energía, en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, se publicó en el “Boletín Oficial de Castilla y León” el 18 de diciembre de 2009.

Se considera ahora necesario proceder a su modificación con objeto de concretar aspectos relacionados con la documentación a presentar en la fase de liquidación de la subvención.

En su virtud y de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Primero.- Se modifica la Orden EYE/2283/2009, de 9 de diciembre, por la que se establecen las Bases Reguladoras de las subvenciones dirigidas a la realización de inversiones en ahorro y eficiencia energética: sector Transformación de la Energía, en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en los siguientes términos:

• Base 2.ª, apartado 3, sobre Beneficiarios. Las referencias a las siglas “ESE”, deben entenderse hechas a las “Empresas de Servicios Energéticos”.

• Base 14.ª, apartado 2, sobre justificación y pago. Añadir una nueva letra, “g) Copia, en papel y en formato electrónico, de la auditoría o estudio energético”.

Disposición Transitoria.- La Administración aplicará de oficio esta modificación a las solicitudes presentadas que puedan verse afectadas por ella, solicitando a los interesados la documentación complementaria necesaria, en su caso. Esta modificación se aplicará a la convocatoria efectuada por Orden EYE/2375/2009, de 23 de diciembre.

Disposición Final.- La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana