DECRETO 4/2010, DE 14 DE ENERO, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN DE ORDENACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES DEL ESPACIO NATURAL SIERRA DE GUADARRAMA (SEGOVIA Y ÁVILA).
La Ley 8/1991 , de 10 de mayo, de Espacios Naturales de la Comunidad de Castilla y León, en su artículo 18, formula el Plan de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León, confiriéndole un carácter meramente indicativo, y arbitra la posibilidad de que la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejería de Medio Ambiente y previo informe del Consejo Regional de Espacios Naturales Protegidos pueda acordar sucesivas incorporaciones de nuevos espacios al citado Plan. Haciendo uso de esta posibilidad por Acuerdo 6/2003, de 16 de enero, se incorporó el Espacio Natural Sierra de Guadarrama (Segovia y Ávila) al Plan de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León.
La citada ley establece igualmente, en su artículo 22, que la declaración de los Espacios Naturales Protegidos exige la previa elaboración y aprobación del correspondiente Plan de Ordenación de los Recursos Naturales. El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Espacio Natural Sierra de Guadarrama (Segovia y Ávila) fue iniciado por Orden MAM/195/2003, de 24 de febrero, y en su tramitación se han seguido los trámites previstos en el artículo 32 de la mencionada ley.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 14 de enero de 2010.
DISPONE
Artículo único.- Aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Espacio Natural Sierra de Guadarrama (Segovia y Ávila).
Se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Espacio Natural Sierra de Guadarrama (Segovia y Ávila) que está integrado por:
1.- Inventario. Consta de un catálogo de los recursos naturales del Espacio Natural, que se reúnen en dos grandes grupos: medio natural y medio socioeconómico, y su correspondiente diagnóstico.
2.- Parte dispositiva. Incluye los límites y zonificación del Espacio Natural, las directrices de ordenación de los recursos naturales y la normativa de aplicación. Como anejos de esta parte dispositiva incluye, entre otros, el mapa del ámbito de aplicación del Plan -Anejo I- y la cartografía de límites y zonificación del Espacio Natural Protegido -Anejo II-.
La parte dispositiva se publica íntegramente como Anexo de este Decreto, hallándose el Inventario a disposición del público en la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente.
Disposición final.- Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Anexos
Omitidos.