RESOLUCIÓN VCP/3366/2009, DE 23 DE NOVIEMBRE, DE MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN VCP/2267/2009, DE 30 DE JULIO, POR LA QUE SE ABRE CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA DEPORTISTAS DE ALTO NIVEL DURANTE EL AÑO 2009.
En el DOGC núm. 5440, de 11.8.2009, se publicó la Resolución VCP/2267/2009, de 30 de julio, por la que se convoca concurso público para la concesión de ayudas económicas para deportistas de alto nivel durante el año 2009, con sujeción a las bases reguladoras aprobadas por la Resolución VCP/2221/2009, de 29 de julio.
El apartado 3 de la citada Resolución establece que la cuantía económica será de 860.000,00 euros a cargo de la partida presupuestaria 480.00100/4440 del presupuesto del Consejo Catalán del Deporte del ejercicio 2009.
Visto el informe de la necesidad de ampliación de la dotación presupuestaria de la convocatoria de fecha 5 de noviembre de 2009, emitido por el/la jefe/a del Área de Alto Rendimiento y Deporte Federado del Consejo Catalán del Deporte, que propone un incremento de 15.000,00 euros;
Visto que hay crédito suficiente en la partida presupuestaria 482000100/4440 del presupuesto del Consejo Catalán del Deporte de la Generalidad de Cataluña para el 2009;
En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,
Resuelvo:
Modificar el apartado 3 de la Resolución VCP/2267/2009, de 30 de julio, por la que se abre convocatoria para la concesión de ayudas económicas para deportistas de alto nivel durante el año 2009, con sujeción a las bases reguladoras aprobadas por la Resolución VCP/2221/2009, de 29 de julio, que queda redactado de la manera siguiente:
.-3 la cuantía económica destinada a cubrir ayudas será de 875.000,00 euros con cargo a la partida presupuestaria 480.001000/4440 del presupuesto del Consejo Catalán del Deporte de la Generalidad de Cataluña del ejercicio 2009..
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada
ante el mismo órgano que la ha dictado o directamente ante la persona titular del departamento competente en materia de deportes, de acuerdo con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la fecha de su publicación en el DOGC.