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  • EDICIÓN DE 27/11/2009
 
 

Modificación de las relaciones de puestos de trabajo

27/11/2009
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Decreto 241/2009, de 20 de noviembre, por el que se modifican la estructura orgánica y las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación (DOE de 26 de noviembre de 2009). Texto completo.

DECRETO 241/2009, DE 20 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICAN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y LAS RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO DE PERSONAL FUNCIONARIO Y DE PERSONAL LABORAL DE LA VICEPRESIDENCIA SEGUNDA Y CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO E INNOVACIÓN

La Ley 7/2007 Vínculo a legislación, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, establece en su artículo 74 que las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.

Dichos instrumentos serán públicos.

En este sentido, el Decreto Legislativo 1/1990 Vínculo a legislación, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de Extremadura, dispone en su artículo 26 que las relaciones de puestos de trabajo actúan como el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal de acuerdo con las necesidades de los servicios, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.

Por Decreto 196/2008 Vínculo a legislación, de 26 de septiembre, se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación, habiendo sido ésta a su vez modificada por la disposición final segunda del Decreto 213/2008 Vínculo a legislación, de 24 de octubre, que establece la estructura orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura, y por la disposición adicional primera del Decreto 222/2009 Vínculo a legislación, de 23 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de Estadística de Extremadura.

Por otra parte, la Ley 3/2009 Vínculo a legislación, de 22 de junio, de creación del Instituto de Estadística de Extremadura, que se configura como Organismo Autónomo adscrito a la Consejería competente en materia de Economía, atribuye al mismo la responsabilidad de la actividad estadística de interés para Extremadura. De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la citada Ley, el personal al servicio del Instituto de Estadística de Extremadura estará constituido por personal funcionario, laboral o cualquier otro tipo de personal, en los términos previstos en la normativa sobre función pública de la Comunidad Autónoma.

Así, mediante este Decreto se pretende dotar, por una parte, de una estructura mínima y necesaria para la puesta en funcionamiento del Instituto de Estadística de Extremadura.

Además, se hace necesario acometer una reestructuración organizativa que acomode los perfiles de los puestos de trabajo, algunos de ellos procedentes de antiguas relaciones de puestos de trabajo de otras Consejerías, a las funciones y tareas que han de desarrollarse actualmente en cada uno de los centros directivos.

En este sentido, y por lo que a la creación de personal funcionario se refiere, se crea en la Secretaría General una Jefatura de Negociado de Régimen Interior, con el objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Orden de 28 de julio de 1998, en lo relativo a la reasignación de efectivos de personal creado por remoción en puestos de libre designación; en la Dirección General de Comercio se crean dos puestos base con objeto de remodelar el perfil profesional de algunos puestos de trabajo de acuerdo con las nuevas tareas encomendadas al Servicio de Comercio Exterior; en la Dirección General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información se crea un puesto base de Programador/a; en la Dirección General de Innovación y Competitividad Empresarial se crean una Jefatura de Servicio y una Jefatura de Negociado para dotar de estructura mínima a la administración del Centro de Investigación Finca La Orden-Valdesequera; por último, en la Dirección General de Educación Superior y Liderazgo se crea una Jefatura de Negociado para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Orden de 28 de julio de 1998, en lo relativo a la reasignación de efectivos de personal creado por remoción en puestos de libre designación.

En cuanto al personal laboral, se crea un puesto de Ayudante de Cocina en la Residencia Universitaria “Mario Roso de Luna”, en Cáceres.

Asimismo, cabe señalar que se amortizan y se modifican la denominación, adscripción y características de diversos puestos de personal funcionario y de personal laboral adscritos a los diferentes centros directivos de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación, con objeto de adecuarlos a las nuevas necesidades y realidades que deben afrontarse desde la referida organización administrativa, destacando el cambio de adscripción de seis puestos de personal funcionario que pasan a depender del Instituto de Estadística de Extremadura, conformando así una estructura mínima que permite su puesta en funcionamiento.

De conformidad con el apartado 2 del artículo 3 del Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el que se establecen criterios para la elaboración, modificación o actualización de relaciones de puestos de trabajo, en relación con el apartado 1 del artículo 1 del Decreto 94/1998, de 21 de julio, por el que se determinan las competencias para la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura, el órgano competente para aprobar las relaciones de puestos de trabajo es el Consejo de Gobierno.

En su virtud, a iniciativa de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación y a propuesta de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, previo estudio e informe de la Comisión Técnica de las Relaciones de Puestos de Trabajo, previa negociación en la Mesa Sectorial de Administración General y en la Comisión Paritaria del V Convenio Colectivo, con informe favorable de la Consejería de Administración Pública y Hacienda y, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 20 de noviembre de 2009, DISPONGO:

Artículo 1. Modificación de la estructura orgánica de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación.

Se modifica el Decreto 196/2008 Vínculo a legislación, de 26 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación, en el sentido de crear el Servicio de Administración del SECTI, adscrito a la Dirección General de Innovación y Competitividad Empresarial; modificándose asimismo la denominación de los Servicios de Telecomunicaciones y Redes y de Sociedad de la Información, adscritos ambos a la Dirección General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, que pasan a denominarse Servicio de Gestión Operativa TIC y Servicio de Tramitación y Normativa TIC, respectivamente.

Artículo 2. Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario.

Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación, según figura en los Anexos I, II y III para la creación, modificación y amortización, respectivamente, de los puestos de trabajo que en ellos se incluyen.

Artículo 3. Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal laboral.

Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación, según figura en los Anexos IV, V y VI para la creación, modificación y amortización, respectivamente, de los puestos de trabajo que en ellos se incluyen.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

(ANEXOS OMITIDOS)

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