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Premio de Economía de Castilla y León “Infanta Cristina”

29/10/2009
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Decreto 76/2009, de 22 de octubre, por el que se modifica el Decreto 18/1995, de 2 de febrero, por el que se crea el Premio de Economía de Castilla y León “Infanta Cristina” (BOCYL de 28 de octubre de 2009). Texto completo.

DECRETO 76/2009, DE 22 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 18/1995, DE 2 DE FEBRERO, POR EL QUE SE CREA EL PREMIO DE ECONOMÍA DE CASTILLA Y LEÓN “INFANTA CRISTINA”.

El Premio de Economía de Castilla y León “Infanta Cristina” se creó con el fin de distinguir la dedicación al estudio y a la labor investigadora de personas e Instituciones españolas que reúnan suficientes méritos en la búsqueda de soluciones a los problemas que se plantean en el campo de la economía.

Dada la influencia que tiene esta rama del conocimiento, y conscientes de que todos los incentivos destinados a favorecer, facilitar y potenciar las investigaciones en el área de la Ciencia Económica son necesarios para el progreso de nuestra Comunidad, se ha querido dar continuidad a la labor iniciada en 1995 creando un Programa de Becas para formar profesionales altamente cualificados y contribuir, de este modo, al futuro desarrollo económico de Castilla y León.

Esta nueva iniciativa contará también con el Patronazgo de Su Alteza Real, la Infanta Doña Cristina, y con el patrocinio de la Federación de Cajas de Ahorro de Castilla y León.

Así, con el fin de crear el Programa de Becas de Castilla y León “Infanta Cristina”, procede modificar el Decreto 18/1995, de 2 de febrero, por el que se crea el Premio de Economía de Castilla y León “Infanta Cristina”.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Economía y Empleo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 22 de octubre de 2009 DISPONE Artículo Único.

1.- El Decreto 18/1995, de 2 de febrero, por el que se crea el Premio de Economía de Castilla y León “Infanta Cristina” pasará a denominarse de la siguiente forma: “DECRETO 18/1995, de 2 de febrero, por el que se crean el Premio de Economía de Castilla y León “Infanta Cristina” y el Programa de Becas de Economía de Castilla y León “Infanta Cristina”.

2.- El Decreto 18/1995, de 2 de febrero, quedará redactado en los siguientes términos:

“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Junta de Castilla y León es consciente de la importancia e influencia que la economía tiene en todos los ámbitos sociales y por ello siempre ha considerado conveniente que, desde los poderes públicos, se premie el esfuerzo investigador y la trayectoria intelectual en el campo de la economía.

Por este motivo, la Junta de Castilla y León, con el Patronazgo de Su Alteza Real, la Infanta Doña Cristina, ha decidido crear el Premio de Economía de Castilla y León “Infanta Cristina”, para reconocer la dedicación al estudio y a la investigación en este campo científico.

Este Premio cuenta con el patrocinio de la Federación de Cajas de Ahorro de Castilla y León y tiene carácter anual, otorgándose alternativamente a una persona y a una Institución dedicada al estudio e investigación de la economía española.

Además, con el fin de favorecer y potenciar la actividad investigadora en el campo de la economía, complementando, por tanto, el objetivo del Premio de Economía de Castilla y León “Infanta Cristina”, y contando también con el Patronazgo de Su Alteza Real, la Infanta Doña Cristina, y el patrocinio de la Federación de Cajas de Ahorro de Castilla y León, la Junta de Castilla y León ha decidido crear El Programa de Becas de Economía de Castilla y León “Infanta Cristina”.

El Programa de Becas de Economía de Castilla y León “Infanta Cristina” pretende formar profesionales altamente cualificados y contribuir, de este modo, al futuro desarrollo económico de Castilla y León. Con este objetivo, se quiere ofrecer a jóvenes castellanos y leoneses con gran potencial académico y profesional la oportunidad de ampliar estudios de postgrado o de realizar un proyecto de investigación en una Universidad o en un Centro de Investigación de reconocido prestigio internacional, en el ámbito de la ciencia económica, la gestión empresarial o la administración pública.

TÍTULO I

Premio de Economía de Castilla y León “Infanta Cristina”

Artículo 1.- Creación.

Se crea el Premio de Economía de Castilla y León “Infanta Cristina”, que tendrá carácter anual, y se otorgará alternativamente a una persona y a una Institución dedicadas al estudio e investigación de la economía española.

Artículo 2.- Contenido.

El Premio de Economía de Castilla y León “Infanta Cristina” consistirá en un diploma, una medalla conmemorativa, y la dotación económica que determine cada convocatoria anual.

Artículo 3.- Jurado.

1.- El Premio será otorgado por un Jurado compuesto por siete miembros designados por el titular de la Consejería competente en materia de Economía entre personalidades de reconocido prestigio en el campo de la Economía.

2.- Los miembros del Jurado, previamente al comienzo de las deliberaciones, elegirán a uno de ellos como Presidente.

Artículo 4.- Candidaturas.

Los candidatos al Premio podrán ser propuestos por cualquier persona, institución o asociación ligada a la Economía.

Igualmente, los miembros del Jurado podrán proponer candidatos al Premio en el momento de las deliberaciones.

Artículo 5.- Convocatoria.

La Consejería competente en materia de Economía realizará anualmente la convocatoria del Premio y dictará cuantas disposiciones sean necesarias para ello.

TÍTULO II

Programa de Becas de Economía de Castilla y León “Infanta Cristina”

Artículo 6.- Creación.

Se crea El Programa de Becas de Economía de Castilla y León “Infanta Cristina”, con una dotación que se fijará anualmente en los Presupuestos de la Comunidad, hasta un máximo de 100.000 euros. La duración de las Becas será de un año, prorrogable por otro más, y se otorgarán a las personas que, por los méritos requeridos en las Bases reguladoras, se hayan hecho acreedoras de las mismas.

Artículo 7.- Contenido.

1.- El Programa de Becas de Economía de Castilla y León “Infanta Cristina” permitirá a sus beneficiarios realizar un proyecto de investigación o ampliar estudios de postgrado en una Universidad o en un Centro de Investigación de reconocido prestigio internacional de su elección, en el ámbito de la ciencia económica, la gestión empresarial o la administración pública.

A tal efecto, cada Beca cubrirá los gastos de estancia y manutención por un importe que será determinado en cada convocatoria. Además, se añadirá una ayuda de viaje y el pago, en su caso, de los derechos de matrícula.

2.- Para que la formación adquirida por las personas becadas revierta en el desarrollo económico de Castilla y León, el disfrute de la Beca exige su posterior incorporación al mercado laboral o a la actividad empresarial de nuestra Comunidad Autónoma y su permanencia durante al menos tres años.

Artículo 8.- Jurado.

1.- Las Becas serán otorgadas por el titular de la Consejería competente en materia de Economía a propuesta de un Jurado compuesto por siete miembros designados por él mismo entre personalidades de reconocido prestigio en el campo de la Economía.

2.- Los miembros del Jurado, previamente al comienzo de las deliberaciones, elegirán a uno de ellos como Presidente.

Artículo 9.- Candidaturas.

Los candidatos al Programa de Becas deberán presentar sus solicitudes, debidamente cumplimentadas, en el tiempo y la forma que se establezca en la Orden de Convocatoria de las Becas.

Artículo 10.- Convocatoria.

La Consejería competente en materia de Economía aprobará las Bases reguladoras del Programa de Becas, realizando anualmente la correspondiente convocatoria. Asimismo, dictará cuantas disposiciones sean necesarias para ello.”

DISPOSICIÓN FINAL Este Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

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