DECRETO 394/2009, DE 8 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 148/2003, DE 9 DE ENERO, POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA Y CARTOGRÁFICA.
La Comisión de Coordinación de Sistemas de Información Geográfica y Cartográfica se creó por el Decreto 148/2003, de 9 de enero, como un órgano de coordinación técnica de los departamentos, organismos y entes de la Administración autonómica gallega en su actuación en materia de sistema de información geográfica y cartográfica, adscrito inicialmente a la Consellería de Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.
El Decreto 188/2003, de 27 de febrero, modificó su adscripción desde dicha consellería a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.
La necesidad de contar con un departamento que pueda desarrollar y dar soporte técnico en materia de cartografía y sistemas de información geográfica a dicha comisión y la obligación de coordinar y poner en marcha la infraestructura de datos espaciales de Galicia (IDEG), en la que están incluidas las diputaciones provinciales y los ayuntamientos, implica la adaptación de la composición de la comisión para dar cabida a estas instituciones y la utilización del Sistema de Información Territorial de Galicia (SITGA), como soporte técnico para el desarrollo de las funciones que están asignadas a la comisión.
En virtud de lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 1/1983 , de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, a propuesta del conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día ocho de octubre de dos mil nueve, DISPONGO:
Artículo único.-Se modifica el Decreto 148/2003, de 9 de enero, por el que se crea la Comisión de Coordinación de Sistemas de Información Geográfica y Cartográfica, en los términos que se indican a continuación.
1. Se da nueva redacción al artículo 2. Adscripción , del Decreto 148/2003, de 9 de enero, con la siguiente redacción:
Artículo 2.º.-Adscripción.
La Comisión de Coordinación de Sistemas de Información Geográfica y Cartográfica estará adscrita a la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, a través de la Dirección General de Sostenibilidad y Paisaje.
2. El artículo 4 del Decreto 148/2003, de 9 de enero, queda redactado de la siguiente manera:
Artículo 4.º.-Composición.
La Comisión de Coordinación de Sistemas de Información Geográfica y Cartográfica estará compuesta por los siguientes miembros:
1. Presidente/a: la persona titular de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras.
2. Vicepresidente/a: el/la conselleiro/a del Medio Rural.
3. Vocales:
a) Una persona representante por consellería con categoría de secretario/a general o director/a general designada por el/la conselleiro/a correspondiente.
b) El/la director/a del Instituto Gallego de Estadística de la Consellería de Hacienda.
c) El/la director/a del Centro Informático para la Gestión Tributaria, Económico-Financiera y Contable (CIXTEC) de la Consellería de Hacienda.
d) El/la secretario/a de la Comisión de Delimitación Territorial de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.
e) El/la secretario/a de la Comisión de Toponimia.
f) Un/a representante de cada una de las cuatro diputaciones provinciales.
g) Un/a representante de la Federación Gallega de Municipios y Provincias (Fegamp).
h) El/la director/a general de Sostenibilidad y Paisaje.
i) Un/a representante del Fondo Gallego de Garantía Agraria.
4. Las consellerías y demás organismos o entidades anteriormente mencionadas deberán, asimismo, designar, además del/de la vocal titular, un/a vocal suplente de la misma categoría.
5. La composición de la Comisión de Coordinación de Sistemas de Información Geográfica y Cartográfica tenderá a alcanzar una participación equilibrada de mujeres y hombres.
3. El párrafo 1 del artículo 6. Secretaría de la Comisión, del Decreto 148/2003, de 9 de enero, queda redactado como sigue:
1. La secretaría de la comisión será desempeñada por un/a representante del Sistema de Información Territorial de Galicia (Sitga), designado/a por el/la presidente/ a de la comisión o persona en que delegue.
4. Se incorpora un nuevo artículo, relativo al apoyo técnico de la comisión, con la siguiente redacción:
Artículo 12.º.-Apoyo técnico.
El soporte técnico para el desarrollo de las funciones de la Comisión de Coordinación de Sistemas de Información Geográfica y Cartográfica será prestado por el Sistema de Información Territorial de Galicia (Sitga), dedicado a la recopilación y tratamiento de información del territorio gallego, así como a la producción cartográfica, sin perjuicio de lo que pueda corresponder a otros servicios de la Xunta de Galicia en función de su carácter temático en relación con las competencias que le son propias.
Disposiciones finales
Primera.-Se faculta al conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, o persona en quien delegue, para dictar cuantas normas complementarias fuesen precisas para el desarrollo de este decreto.
Segunda.-Este decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.