Diario del Derecho. Edición de 05/12/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 18/09/2009
 
 

Formato de la Cuenta General de las Entidades Locales en soporte informático

18/09/2009
Compartir: 

Resolución de 10 de septiembre de 2009, del Presidente, por la que se hace público el Acuerdo del Pleno de la institución adoptado en la sesión celebrada los días 29 y 30 de julio de 2009, por el que se aprueba el formato de la Cuenta General de las Entidades Locales en soporte informático y el procedimiento telemático para la rendición de cuentas (BOC de 17 de septiembre de 2009). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2009, DEL PRESIDENTE, POR LA QUE SE HACE PÚBLICO EL ACUERDO DEL PLENO DE LA INSTITUCIÓN ADOPTADO EN LA SESIÓN CELEBRADA LOS DÍAS 29 Y 30 DE JULIO DE 2009, POR EL QUE SE APRUEBA EL FORMATO DE LA CUENTA GENERAL DE LAS ENTIDADES LOCALES EN SOPORTE INFORMÁTICO Y EL PROCEDIMIENTO TELEMÁTICO PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS.

El Pleno de la Audiencia de Cuentas de Canarias, en sesión celebrada los días 29 y 30 de julio de 2009, acordó que las Entidades Locales deben rendir la Cuenta General exclusivamente en soporte informático, con arreglo al formato normalizado establecido en la Resolución de la I.G.A.E. de 28 de julio de 2006, y por medios telemáticos.

Con el fin de que el citado Acuerdo sea de general conocimiento, especialmente por parte de las Entidades Locales incluidas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, y en uso de las facultades que me confieren los artículos 32.h) de la Ley Territorial 4/1989, de 2 de mayo, y artículo 44.ñ) del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Audiencia de Cuentas de Canarias,

DISPONGO:

Único.- Hacer público, mediante su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, en los términos del anexo, el Acuerdo del Pleno de la Audiencia de Cuentas de Canarias adoptado en la sesión de 29 y 30 de julio de 2009, por el que se aprueba el formato de la Cuenta General de las Entidades Locales en soporte informático y el procedimiento telemático para la rendición de cuentas.

A N E X O

ACUERDO DEL PLENO DE LA AUDIENCIA DE CUENTAS DE CANARIAS, ADOPTADO EN LA SESIÓN CELEBRADA LOS DÍAS 29 Y 30 DE JULIO DE 2009, POR EL QUE SE APRUEBA EL FORMATO DE LA CUENTA GENERAL DE LAS ENTIDADES LOCALES EN SOPORTE INFORMÁTICO Y EL PROCEDIMIENTO TELEMÁTICO PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS.

Por Acuerdo del Pleno de la Audiencia de Cuentas de Canarias de 16 de febrero de 2007 se determinó el formato normalizado de la Cuenta General de las Entidades Locales en soporte informático, con el fin de facilitar su rendición y posibilitar que ésta se llevase a cabo a través de medios telemáticos.

Las modificaciones introducidas desde la adopción de dicho Acuerdo en el régimen contable de las empresas por la Ley 16/2007, de 4 de julio, de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea, el Real Decreto 1.514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad y el Real Decreto 1.515/2007, de 16 de noviembre, que aprueba el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas, unido al continuo avance de las técnicas disponibles en el tratamiento de la información contable, requieren una adecuación de los formatos de la información contable de las empresas de capital íntegramente municipal y entidades públicas empresariales de carácter municipal y recomiendan la implantación de los sistemas telemáticos como exclusivos procedimientos de comunicación a efecto de la rendición de las Cuentas de las Entidades locales.

Así, la propia experiencia en la aplicación, impulsada por la Ley 11/2007 Vínculo a legislación, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, que reconoce la relación con las Administraciones Públicas por medios electrónicos como un derecho de los ciudadanos y como una obligación para tales Administraciones, aconsejan modificar el Acuerdo de 16 de febrero de 2007, no sólo adaptando los formatos de la información contable de las empresas de capital íntegramente municipal y Entidades públicas empresariales de carácter municipal, sino también limitando la presentación y rendición de las Cuentas de las Entidades locales mediante soporte informático e implantando la rendición exclusivamente por procedimiento telemático.

En base a lo expuesto, el Pleno de la Audiencia de Cuentas, acuerda:

Primero.- Las Entidades Locales incluidas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias rendirán su Cuenta General, a la Audiencia de Cuentas de Canarias, junto con la documentación complementaria, en la forma prevista en establecido en la Resolución de fecha 28 de julio de 2006, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se recomienda un formato normalizado de la Cuenta General de las Entidades Locales en soporte informático (B.O.E. n.º 189, de 9.8.06).

Segundo.- A las Cuentas Generales se acompañará la documentación adicional a que se refiere el anexo 1 de este Acuerdo, y el documento de remisión recogido en el anexo 2.

Todas las Entidades Locales accederán a través de la dirección http://www.acuentascanarias.org (Rendición de Cuentas EE.LL) a la Plataforma de rendición que le permitirá la presentación y rendición telemática de la Cuenta General de la Entidad de acuerdo con el formato exigido para ello y anexos referidos al documento de remisión y documentación adicional a que se refiere el presente Acuerdo.

Tercero.- Las Cuentas Generales de las Entidades Locales serán rendidas a la Audiencia de Cuentas de Canarias por los cuentadantes responsables, exclusivamente en soporte informático y por medios telemáticos, antes del 15 de octubre del año siguiente al que correspondan las Cuentas rendidas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 223 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 Vínculo a legislación, de 5 de marzo.

Cuarto.- Con arreglo a lo establecido en el Convenio de Colaboración suscrito por la Audiencia de Cuentas de Canarias con el Tribunal de Cuentas, de 24 de abril de 2007, para la implantación de medidas de coordinación de la rendición telemática de las Cuentas Generales de las Entidades Locales, rendidas de conformidad con lo dispuesto en este Acuerdo se considerarán rendidas, también, ante el Tribunal de Cuentas.

Quinto.- El presente Acuerdo será de aplicación para la rendición de las Cuentas Generales correspondientes al ejercicio 2008 y posteriores.

Sexto.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Anexos

Omitidos.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Declara la Sala que se ha actuado en fraude de Ley al inscribir la madre, de forma unilateral sin contar con el padre, el nacimiento de su hija con sus dos apellidos invertidos
  2. Actualidad: Iustitia Europa pide a la AN suspender el decreto que obliga a recabar datos personales en hoteles
  3. Tribunal Supremo: Establece el TS que el personal laboral fijo discontinuo puede desarrollar una segunda actividad en el sector público durante los periodos de inactividad
  4. Actualidad: Manuel Marchena se despide de la Presidencia de la Sala de lo Penal del Supremo en pleno choque institucional
  5. Estudios y Comentarios: ¿Es justo el sistema de pensiones español?; por Manuel Arias Maldonado, catedrático de Ciencia Política de la Universidad de Málaga.
  6. Actualidad: La AN condena a 10 meses de cárcel al exembajador Raúl Morodo después de que reconociera que defraudó a Hacienda
  7. Actualidad: El TS decide no imputar "por ahora" a la asesora de Moncloa que envió a Lobato el 'email' sobre el novio de Ayuso
  8. Actualidad: El TC admite el recurso del PP contra el apartado de la Ley de Paridad que elimina el veto a objetivos de estabilidad
  9. Actualidad: Aldama pide al TS que analice el móvil incautado por la AN para probar sus contactos con "altos cargos del Gobierno"
  10. Tribunal Supremo: Se da por extinguido el contrato de arrendamiento urbano de una vivienda por expiración del plazo contractual y de las prórrogas legales, al no haberse producido la tácita reconducción ante la existencia de requerimiento previo de resolución

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana