RESOLUCIÓN DE 23 DE JULIO DE 2009, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA, POR LA QUE SE APRUEBA LA ASIGNACIÓN FINANCIERA A LAS ZONAS DE PESCA DE ANDALUCÍA RELATIVA AL EJE PRIORITARIO 4 DESARROLLO SOSTENIBLE DE LAS ZONAS DE PESCA DEL FONDO EUROPEO DE LA PESCA 2007-2013.
El Reglamento (CE) núm. 1198/2006 del Consejo, de 27 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de la Pesca, establece en su eje prioritario 4 que el mismo podrá intervenir, de forma complementaria con otros instrumentos comunitarios, para apoyar el desarrollo sostenible y la mejora de la calidad de vida en zonas de pesca subvencionables, en el ámbito de una estrategia global dirigida a acompañar la consecución de los objetivos de la política pesquera común, teniendo en cuenta, en particular, sus efectos socioeconómicos.
Establece, asimismo, el citado Reglamento, que las medidas destinadas a ayudar al desarrollo sostenible de zonas de pesca serán llevadas a la práctica en un territorio determinado por entidades o grupos locales que representen a interlocutores públicos y privados procedentes de los distintos sectores socioeconómicos locales y pertinentes y, de acuerdo con el principio de proporcionalidad, con una capacidad administrativa y financiera suficiente para administrar la ayuda y velar por que las operaciones se lleven a cabo con éxito.
Por otro lado, el Reglamento (CE) núm. 1198/2006 del Consejo, de 27 de julio de 2006, indica en su artículo 44 que la ayuda debería centrarse de forma prioritaria en zonas con:
a) Baja densidad de población, o
b) Actividades pesqueras en declive, o
c) Pequeños municipios dedicados a la pesca.
El Programa Operativo del Fondo Europeo de la Pesca para el Sector Pesquero Español 2007-2013, aprobado por Decisión de la Comisión de las Comunidades Europeas de 13 de diciembre de 2007, señala que en la Comunidad Autónoma de Andalucía el eje prioritario 4 se desarrollará en 7 Zonas de Pesca y contempla una financiación total de 24 millones de euros.
La Orden de 23 de julio de 2009, de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se establecen las normas básicas de intervención del Fondo Europeo de la Pesca 2007-2013 para el Desarrollo Sostenible de las Zonas de Pesca en la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que la Dirección General de Pesca y Acuicultura aprobará mediante Resolución la asignación financiera para cada Zona de Pesca en función de una serie de indicadores.
De esa manera la asignación financiera ha sido calculada teniendo en cuenta los empleos directos de la pesca, los empleos indirectos, la producción pesquera, los ingresos por producción pesquera, la evolución de la flota pesquera en el período 1996-2006 (Número de barcos, Arqueo GT y Potencia CV), la densidad de población, y la población total de la Zona de Pesca.
Esos indicadores reflejan la dependencia pesquera de la Zona de Pesca y el índice de declive de la actividad pesquera de la misma.
Por todo lo anterior, y en virtud de las facultades que me confiere el Decreto 172/2009 , de 19 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca,
RESUELVO
Primero. Establecer, de acuerdo con lo indicado en el artículo 3 de la Orden de 23 de julio de 2009, por la que se establecen las normas básicas de intervención del Fondo Europeo de la Pesca 2007-2013 para el Desarrollo Sostenible de las Zonas de Pesca en la Comunidad Autónoma de Andalucía, la siguiente asignación financiera a las Zonas de Pesca de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el período 2007-2013.
- Zona de Pesca Huelva: 6,77 millones de euros.
- Zona de Pesca Cádiz Golfo: 2,54 millones de euros.
- Zona de Pesca Cádiz Estrecho: 4,51 millones de euros.
- Zona de Pesca Málaga: 2,49 millones de euros.
- Zona de Pesca Granada: 2,44 millones de euros.
- Zona de Pesca Almería Occidental: 3,21 millones de euros.
- Zona de Pesca Almería Oriental: 2,04 millones de euros.
Segundo. La asignación financiera atribuida a cada Zona de Pesca coincidirá con la asignación financiera que recibirá el Grupo de Desarrollo Pesquero tras obtener el reconocimiento como tal, en cumplimiento de lo establecido en la Orden de 23 de julio de 2009, de la Consejería de Agricultura y Pesca por la que se establecen las normas básicas de intervención del Fondo Europeo de la Pesca 2007-2013 para el Desarrollo Sostenible de las Zonas de Pesca en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tercero. La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.