Diario del Derecho. Edición de 04/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 13/07/2009
 
 

Informe sobre el plan preventivo de refuerzo para la jurisdicción social

13/07/2009
Compartir: 

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Justicia sobre el Plan Preventivo de refuerzo para agilizar la carga de trabajo en los tribunales de la jurisdicción social. También permitirá un ahorro considerable al Estado en el pago por salarios de tramitación.

Mediante este Plan Preventivo, que no descarta otro tipo de medidas individualizadas para supuestos concretos, los diecinueve partidos judiciales que más retraso acumulan contarán con el apoyo de 35 magistrados, además de secretarios judiciales y personal funcionario.

Este personal no quedará adscrito a un único órgano judicial determinado, sino que se les asignará una determinada proporción de la carga de trabajo debida a procesos por despido. El plan tiene una duración inicial de seis meses, a partir del 1 de octubre de 2009, y una previsión económica aproximada de 950.000 euros, con posibilidad de prórroga según los resultados alcanzados.

Esta iniciativa del Ministerio de Justicia cuenta con mecanismos propios de control y ajuste, que permitirán medir sus efectos y desviar actuaciones concretas hacia aquellos elementos cuya respuesta no se ajuste a las previsiones. En principio, con una media aproximada de cien asuntos resueltos al mes por cada uno de los 35 jueces de refuerzo, podrían resolverse 3.500 asuntos. Así, sólo en los seis meses iniciales del Plan se podrán resolver unos 21.000 procesos, lo que supone el 42 por 100 de los procesos por despido registrados en el primer trimestre de este año.

Respuesta ágil

Con esta medida el Gobierno pretende ofrecer una respuesta ágil y efectiva, que permita reducir el número de procesos judiciales por despido en trámite y conseguir, en la medida de lo posible, que la tramitación del proceso no supere el plazo de sesenta días que genera la obligación del pago de salarios de tramitación por parte del Estado.

El notable incremento de la litigiosidad laboral y el progresivo aumento de las tasas de pendencia y congestión que estos tribunales vienen registrando en los últimos meses han generado efectos colaterales como el aumento del gasto que supone el pago por el Estado de los citados salarios de tramitación.

Así, en el período 2002-2008 se han tramitado una media anual de 902 expedientes de pago de salarios de tramitación, con un importe medio anual de 5.514.513,5 euros. En los últimos cuatro años esa cifra ha superado los siete millones de euros en cada ejercicio.

El estudio comparado de los distintos órganos del orden jurisdiccional social ha permitido localizar algunos partidos judiciales donde esta situación produce singulares efectos. De este modo, se detecta que, en términos totales, el 75 por 100 de los expedientes de pago de salarios de tramitación se concentran en los Juzgados de lo Social de Barcelona, Las Palmas, Elche, Madrid, Sevilla, Málaga y Valencia.

Si estos juzgados funcionaran según los valores medios nacionales del año 2008, el Estado se ahorraría más de dos millones y medio de euros anuales, lo que representa un 45 por 100 del gasto medio anual por este concepto y más de un 30 por 100 del importe abonado en 2007.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El Supremo propone juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por presuntas irregularidades en la compra de mascarillas
  2. Tribunal Supremo: La falta de prueba pericial de la autenticidad de las conversaciones de WhatsApp no implica necesariamente y en todos los casos que su contenido no pueda ser objeto de valoración cuando a través de otras vías se puede descartar su manipulación
  3. Tribunal Supremo: Si el empresario delega de manera válida y efectiva las funciones de prevención de riesgos en un técnico o profesional cualificado y cumple con su deber de supervisión, puede quedar exonerado de responsabilidad penal en caso de accidente de un trabajador
  4. Tribunal Supremo: La indemnización legal por despido -colectivo, objetivo o disciplinario- no computa a efectos del acceso al subsidio de desempleo, pero sí la superior a dicho umbral
  5. Actualidad: El TSJA confirma la condena a dos mujeres que amenazaron a otra por su condición de inmigrante
  6. Estudios y Comentarios: Un bochorno para la institución; por Cristina Dexeus, presidenta de la Asociación de Fiscales (AF)
  7. Actualidad: Da comienzo el juicio contra el Fiscal General del Estado
  8. Revistas: Iustel presenta el número 17 de su Revista General de Insolvencias & Reestructuraciones / Journal of Insolvency & Restructuring (I&R)
  9. Actualidad: El Tribunal Supremo reconoce por primera vez el derecho de consulta del comité de empresa europeo en IAG
  10. Actualidad: La Comisión Mixta entre Justicia y el TSJC analiza las primeras fases de la Ley de Eficiencia Judicial

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana