Primero.-Objeto.
1. Se convoca el I Máster en Gestión Pública en colaboración con la Universidad de Zaragoza.
2. El Máster en Gestión Pública tiene la condición de Estudio propio de la Universidad de Zaragoza.
Segundo.-Objetivos del Máster en Gestión Pública.
1. Es objetivo de este Máster proporcionar una formación de alto nivel que dote a los participantes de las competencias técnicas, los conocimientos y habilidades necesarias para el desarrollo de funciones predirectivas o directivas en las diferentes áreas de gestión administrativa por medio, esencialmente, de un desarrollo práctico de contenidos asistidos por los conceptos teóricos clave. Ello permitirá dotar a los alumnos no sólo de conocimientos y habilidades en su dimensión teórica sino también de los valores, actitudes y cultura de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Tercero.-Condiciones de participación.
1. Los participantes que deseen acceder al Máster deberán poseer:
a) El título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente.
b) Ser funcionario de carrera en situación de servicio activo de los Grupos A y B o personal laboral fijo de los grupos A y B.
c) Que preste servicios en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón o en cualquiera de sus Organismos Públicos.
2. El número de participantes no podrá exceder de 20 para garantizar, de este modo, la metodología participativa de las sesiones teórico-prácticas.
Cuarto.-Organización del Máster.
1. El Máster, tendrá una duración correspondiente al curso académico 2009-2010, impartiéndose de forma teórico-práctica en una estructura doble. Por un lado, una metodología de formación de carácter teórico y, por otro lado, una metodología de formación en el lugar de trabajo mediante rotaciones por los distintos Departamentos y Organismos Públicos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.
2. La docencia se estructura en 15 cursos de 30 semanas de duración; cada trimestre se impartirán 5 cursos de 10 semanas de duración. Las sesiones presenciales se impartirán los jueves de 16 a 20 horas y los viernes de 9 a 17 horas. Cada curso estará dirigido por dos responsables, pertenecientes a la Universidad de Zaragoza y al Gobierno de Aragón, respectivamente.
3. El Máster se impartirá en las aulas de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, si bien podrán fijarse otros lugares de celebración cuando las circunstancias del módulo así lo exijan, o cuando alguna de las instituciones participantes así lo proponga.
4. Los cursos se encuentran enumerados en el anexo III de esta convocatoria. Una vez realizados los cursos, los alumnos deberán presentar un trabajo fin de Máster, que deberá incluir una Memoria sobre la formación recibida en el lugar de trabajo. Este trabajo deberá ser defendido en sesión pública ante una comisión académica nombrada al efecto por la Dirección del Máster.
5. La formación en el lugar de trabajo tendrá una duración de 16 semanas y comenzará en el mes de enero de 2010 y se realizarán mediante rotaciones por los diferentes Departamentos y Organismos Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma. Las rotaciones se hacen de acuerdo a una metodología con objetivos a conseguir, actividades a realizar y evaluaciones. Para ello se asignará por la Dirección del Máster un tutor, cuya misión es asegurar que las rotaciones se adecuan a la planificación realizada en cuanto a tiempos, competencias que se desarrollan en cada sección, objetivos y aprovechamiento.
6. Durante el desarrollo del Máster en Gestión Pública se realizarán diversos Seminarios, que requerirá la asistencia obligatoria de los alumnos del Máster, y que versarán sobre las materias impartidas en el mismo.
7. La información adicional sobre la organización y desarrollo del Máster en Gestión Pública figurará en la sede electrónica de la Universidad de Zaragoza.
8. La participación de los alumnos seleccionados quedará condicionada a la aprobación definitiva del Máster mediante la firma del Convenio de Colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza.
Quinto.-Solicitudes de participación.
1. Los candidatos deberán aportar solicitud según el modelo que figura en el anexo I en el que se incluirán los datos personales, administrativos y profesionales y la conformidad del Jefe de la unidad orgánica donde preste sus servicios. Asimismo, los solicitantes deberán presentar currículum vitae, según modelo del anexo II.
2. Junto con la solicitud deberá adjuntarse los documentos que vayan a ser objeto de valoración de conformidad con los criterios establecidos en el apartado sexto.
3. Las solicitudes se presentarán en la Universidad de Zaragoza, Secretaría de la Facultad de Ciencias Económicas Empresariales (Gran Vía, 2, 50005, Zaragoza), en el plazo de veinte días, a partir del día 2 de julio de 2009.
Sexto.-Selección.
1. El procedimiento de selección se efectuará en régimen de concurrencia, de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.
2. La presentación de solicitudes deberá ir acompañada del documento acreditativo del pago de las tasas que la Universidad de Zaragoza tenga establecidas con carácter oficial para sus estudios propios. Dichas tasas serán objeto de devolución en el caso de aquellos solicitantes que finalmente no hayan sido seleccionados.
3. Las solicitudes presentadas serán evaluadas por una Comisión de Selección formada por dos funcionarios adscritos al Departamento de Presidencia y tres miembros pertenecientes a la Universidad de Zaragoza, designados por la Dirección del Máster.
La selección de los participantes se realizará en dos fases:
a) Consistirá en una preselección de un máximo de 40 candidatos evaluando las solicitudes de acuerdo a los siguientes criterios:
-Expediente académico: hasta 2 puntos.
-Posición final resultante del proceso selectivo desde el que accedió a la condición de funcionario de carrera o personal laboral, que se acreditará mediante la resolución de la Dirección General competente: hasta 1 punto.
-Trabajos científicos y de investigación relacionados con los módulos que se imparten en el Máster, publicados en revistas científicas válidas que estén incluidas en repertorios bibliográficos nacionales o internacionales, y por libros científicos y de investigación publicados por Organismos de la Administración Autonómica y Universidades: hasta 2 puntos.
-Participaciones, comunicaciones y asistencias a Congresos que versen sobre los módulos que se imparten en el Máster: hasta 1 punto.
-Memoria que versará sobre las iniciativas, proyectos, actuaciones que haya adoptado en su trayectoria profesional dirigidas a mejorar de forma directa o indirecta la Administración Pública de la Comunidad Autónoma: hasta 1 punto.
b) Consistirá en una entrevista personal por parte de la Comisión de Selección, como elemento de valoración de la motivación del candidato para participar en el Máster, de su capacidad de razonamiento y de su capacidad de exposición y resolución de problemas, pudiendo asignarse una valoración de hasta 3 puntos.
4. Una vez realizado el proceso selectivo, la Comisión de Selección elevará al Director General de la Función Pública la propuesta de candidatos seleccionados, especificando la evaluación efectuada y los criterios de valoración seguidos al efecto. Asimismo remitirá una lista de reserva para el caso de que alguno de los seleccionados renuncie al Máster.
5. El Director General de la Función Pública emitirá una resolución de los candidatos seleccionados, que no pondrá fin a la vía administrativa y podrá ser recurrida en alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Presidencia.
6. La resolución se notificará personalmente a los seleccionados de acuerdo con lo previsto en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común.
7. El plazo máximo para dictar y publicar dicha resolución será de tres meses desde la finalización del plazo para presentar solicitudes y, en todo caso, de un mes desde la fecha de elevación de la propuesta de candidatos.
Séptimo.-Financiación.
1. La financiación del Máster, será a cuenta del Departamento de Presidencia, por importe de 75.000 Û (setenta y cinco mil euros), con cargo a la aplicación presupuestaria G/121.1/440.093/91002 del presupuesto de gastos del Departamento de Presidencia. Esta cantidad incluye el coste de la matrícula que asciende a 3.750 Û (tres mil setecientos cincuenta euros), sin perjuicio de lo previsto en el párrafo siguiente.
2. No obstante, los candidatos seleccionados deberán abonar como garantía en efectivo el importe de 600 euros, en el plazo de diez días desde la notificación de su admisión al Máster en Gestión Pública, en garantía del cumplimiento de la obligación de asistencia al Máster, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 161/1997, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos (Boletín Oficial del Estado de 25 de febrero).
3. En virtud de lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 161/1997, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos, la cantidad establecida en el apartado anterior deberá ser depositada en la Caja de Depósitos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y será devuelta al finalizar el Máster en Gestión Pública una vez que se haya acreditado la asistencia al mismo en los términos fijados en el artículo 8 del citado Real Decreto, salvo supuestos de fuerza mayor debidamente acreditados.
Octavo.-Dirección del Curso.
La Dirección del Máster corresponderá conjuntamente a la Dirección General de la Función Pública, a la Dirección del Instituto Aragonés de Administración Pública y a la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.
Noveno.-Títulos y Diplomas.
1. Los participantes que superen las pruebas y la presentación de los trabajos que se exijan al efecto con el nivel requerido, recibirán el Título de Máster en Gestión Pública de la Universidad de Zaragoza y el Diploma en Gestión Pública del Instituto Aragonés de Administración Pública que se anotará en el Registro Central de Personal.
2. Para la obtención de títulos y diploma previsto en el apartado anterior será requisito imprescindible, además de la superación de los criterios que se fijen para cada módulo, la asistencia regular a las actividades objeto del curso. Una inasistencia superior al 10 por 100 de la totalidad del Máster, salvo causas de fuerza mayor debidamente justificadas, imposibilitará la expedición de los mismos y la perdida de la cantidad total a la que se refiere el apartado séptimo, en los términos previstos en el art. 9 del Real Decreto 161/1997, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos.
Décimo.-Efectos.
La obtención del Título de Máster en Gestión Pública de la Universidad de Zaragoza será valorado en los futuros procesos de provisión de puestos de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1.b).7 de la Orden de 15 de mayo de 1998, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se establece el baremo para la provisión de puestos de trabajo por concurso de méritos.