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  • EDICIÓN DE 04/06/2009
 
 

Condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado

04/06/2009
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Orden EDU/1434/2009, de 29 de mayo, por la que se actualizan los anexos del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas (BOE de 4 de junio de 2009). Texto completo. (Ref. Iustel §006902 Vínculo a legislación)

La Orden EDU/1434/2009 actualiza los anexos I y II del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas.

El Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas puede consultarse en el Libro Séptimo del Repertorio de Iustel.

ORDEN EDU/1434/2009, DE 29 DE MAYO, POR LA QUE SE ACTUALIZAN LOS ANEXOS DEL REAL DECRETO 1892/2008, DE 14 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE REGULAN LAS CONDICIONES PARA EL ACCESO A LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE GRADO Y LOS PROCEDIMIENTOS DE ADMISIÓN A LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS ESPAÑOLAS.

El Real Decreto 1892/2008 Vínculo a legislación, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas, establece en los anexos I y II, respectivamente, la adscripción de las materias de modalidad del bachillerato y de los títulos de Técnico Superior de Formación Profesional a las ramas de conocimiento en que se estructuran las enseñanzas universitarias oficiales.

Por otra parte, la disposición final tercera de dicho real decreto autoriza a los titulares de los Ministerios de Educación, Política Social y Deporte y de Ciencia e Innovación para la modificación y actualización de los anexos.

Según lo establecido en el Real Decreto 542/2009 Vínculo a legislación, de 7 de abril, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, la competencia de los citados Departamentos a efectos de la publicación de la Orden queda asumida por el Ministro de Educación.

De acuerdo con ello, y siendo necesario actualizar los citados anexos, procede la aprobación de la presente orden.

En su virtud, dispongo:

Artículo primero. Actualización del anexo I del Real Decreto 1892/2008 Vínculo a legislación, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas.

El anexo I del Real Decreto 1892/2008 Vínculo a legislación, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas, queda redactado en los siguientes términos:

“ANEXO I

Adscripción de las materias de modalidad que son impartidas en el segundo curso de bachillerato, según lo dispuesto en el Real Decreto 1467/2007 Vínculo a legislación, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas y las normas de desarrollo del mismo por parte de las Administraciones educativas, a las ramas de conocimiento establecidas en el Real Decreto 1393/2007 Vínculo a legislación, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales

Tabla omitida.”

Artículo segundo. Actualización del anexo II del Real Decreto 1892/2008 Vínculo a legislación, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas.

El anexo II del real decreto citado en el artículo anterior, queda redactado en los siguientes términos:

“ANEXO II

Adscripción, a la que hace referencia el artículo 26.2 de este real decreto, de los títulos de Técnico Superior de Formación Profesional, de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño y de Técnico Deportivo Superior a las ramas de conocimiento establecidas en el Real Decreto 1393/2007 Vínculo a legislación, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales

Tabla omitida.”

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

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