RESOLUCIÓN IUE/1487/2009, DE 12 DE MAYO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES Y SE HACE PÚBLICA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA MOVILIDAD INTERNACIONAL DEL ESTUDIANTADO CON RECONOCIMIENTO ACADÉMICO DE LAS UNIVERSIDADES O CENTROS DE ESTUDIOS SUPERIORES DE ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS DE CATALUÑA PARA EL CURSO 2009-2010 (MOBINT).
De conformidad con lo dispuesto en el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, en relación con el régimen jurídico de las subvenciones y transferencias de la Generalidad de Cataluña; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre;
Considerando la Resolución UNI/962/2005, de 1 de febrero, por la que se aprueban las bases generales que deben regir la concesión de becas y ayudas hechas públicas por la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR);
Considerando que el artículo 11 del Decreto 168/2002, de 11 de junio, por el que se aprueban los Estatutos de la AGAUR, dispone que corresponde al Consejo de Dirección aprobar las convocatorias de becas y subvenciones, así como su resolución, y que estas facultades han sido delegadas en el presidente o a la presidenta de la Comisión Ejecutiva de Ayudas Universitarias (CEAU) en fecha 5 de diciembre de 2002,
Resuelvo:
Artículo 1
Aprobar las bases y hacer pública la convocatoria de ayudas a la movilidad internacional del estudiantado con reconocimiento académico de las universidades o centros de estudios superiores de enseñanzas artísticas de Cataluña para el curso 2009-2010 (MOBINT), de acuerdo con las condiciones que figuran en el anexo de esta Resolución.
Artículo 2
Esta convocatoria está cofinanciada por la Dirección General de Universidades (DGU) del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa (DIUE), que aporta 4.000.000,00 de euros, y por el Departamento de Educación, que aporta 30.000,00 euros.
El importe global máximo destinado a esta convocatoria es de 4.030.000 euros, de los que 3.530.000,00 euros irán a cargo de la partida presupuestaria 480.0001 del presupuesto de la AGAUR para el año 2009, y los 500.000,00 euros restantes a cargo de la partida presupuestaria 480.0001 del presupuesto de la AGAUR para el año 2010.
Del importe total de la convocatoria se destinan 3.700.000,00 euros a la modalidad A, 300.000,00 euros a la modalidad B, y 30.000,00 euros a la modalidad C. En caso de que no se agote alguna de las dotaciones establecidas para una modalidad, el importe correspondiente se puede adjudicar a otra modalidad, siempre que se respete la puntuación mínima requerida, de acuerdo con los criterios de valoración y la disponibilidad presupuestaria.
Disposición final
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el presidente o la presidenta de la CEAU, por delegación del Consejo de Dirección de la AGAUR, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC; o bien recurso contencioso administrativo interpuesto directamente ante los juzgados de lo contencioso administrativo de Barcelona, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Anexos
Omitidos.