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Remisión a las Cortes del Convenio Civil del Consejo de Europa sobre la corrupción

25/05/2009
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El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio Civil sobre la corrupción (Convenio n.º 174 del Consejo de Europa). Asimismo, se propone al Consejo de Ministros una Declaración a formular por España para el caso de que el Convenio sea extendido por el Reino Unido a Gibraltar para dejar clara nuestra posición sobre el estatus del territorio no autónomo de Gibraltar y el carácter local de sus autoridades. De hecho, el Convenio de referencia está afectado por la problemática propia de las autoridades de Gibraltar y está sometido por tanto al Régimen acordado relativo a las autoridades de Gibraltar de 2007.

El Convenio civil sobre la corrupción, Convenio n.º 174 del Consejo de Europa, fue firmado por España el 10 de mayo de 2005.

El objetivo principal de este Convenio es que los Estados miembros establezcan en su derecho interno procedimientos eficaces a favor de las personas que hayan sufrido daños resultantes de corrupción, con el fin de permitirles defender sus derechos e intereses, incluida la posibilidad de indemnización por dichos daños.

Es el primer intento para definir principios y normas comunes, a nivel internacional, en el ámbito del derecho civil sobre corrupción. En el Consejo de Europa el enfoque ha sido multidisciplinar, tratando la corrupción desde el punto de vista del derecho penal, civil y administrativo.

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