La Ministra de Igualdad ha explicado que esta Ley ofrece más garantías jurídicas para las mujeres, más seguridad para los profesionales sanitarios y medidas para prevenir embarazos no deseados. Además, ha señalado en su Informe que se trata de una norma más equilibrada, moderna, que nos acerca más a Europa y que da, por primera vez, rango de ley a la educación sexual en nuestro país. En el Informe se señala que todas las personas tienen derecho a la mejor salud posible, incluida la salud sexual y reproductiva, y todas las personas tienen derecho a tener hijos y a decidir cuando tenerlos.
Plazos y supuestos
Hasta la semana catorce de gestación, la mujer podrá interrumpir el embarazo libremente, siempre que, como mínimo tres días antes de la interrupción, haya recibido información sobre sus derechos y sobre las ayudas de que puede disponer para la maternidad si tal fuera su decisión. Garantiza a las mujeres la posibilidad de tomar una decisión libre e informada sobre la interrupción del embarazo dentro de las primeras catorce semanas.
De manera excepcional hasta la semana veintidós la mujer podrá interrumpir el embarazo sólo en dos supuestos: si estuviera en riesgo la vida o la salud de la embarazada o si hubiera graves anomalías en el feto. En los dos casos, deberá acompañar un dictamen emitido por dos médicos especialistas distintos a los que practican la intervención.
A partir de aquí sólo un comité clínico podrá autorizar una interrupción a petición de la embarazada cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida o una enfermedad extremadamente grave e incurable. En este supuesto, según el Informe de la titular de Igualdad, se eleva el nivel de garantías y se exige que sea un comité clínico pluridisciplinar quien autorice la interrupción del embarazo tras el diagnóstico.
La Interrupción Voluntaria del Embarazo, además, se garantizará dentro de la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, para que sea una prestación pública y gratuita. El Estado, igualmente, además velará por el cumplimiento efectivo de estos derechos a través de la Alta Inspección Sanitaria.
Sin pena de cárcel
Con la nueva Ley ninguna mujer podrá ser penada con cárcel por interrumpir su embarazo, pero la Ministra ha insistido que esto no quiere decir que las prácticas ilegales queden impunes.
Por último, en la disposición final segunda del Anteproyecto se plantea la modificación de la Ley de Autonomía del Paciente para equiparar la Interrupción Voluntaria del Embarazo al resto de prestaciones sanitarias, donde la mayoría de edad para decidir se sitúa en dieciséis años. Según el Informe de la Ministra, se trata de dar coherencia al marco jurídico y desde luego, de evitar intervenciones clandestinas.
Informes
El Anteproyecto debe ahora pasar al Consejo General del Poder Judicial y al Consejo Fiscal que deberán emitir su informe preceptivo. Después el Consejo de Ministros, tras las modificaciones que estime oportunas, lo aprobará como Proyecto de Ley y lo enviará al Parlamento para su tramitación y aprobación que, por tratarse de una Ley Orgánica, exige del apoyo de la mayoría absoluta de ambas Cámaras.