RESOLUCIÓN 507/2008, DE 2 DE DICIEMBRE, DE LA DIRECTORA GENERAL DE ORDENACIÓN, CALIDAD E INNOVACIÓN, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS ESPECIFICACIONES DE LAS PRUEBAS CERTIFICATIVAS DE NIVEL BÁSICO Y DE NIVEL INTERMEDIO DE LAS ENSEÑANZAS DE IDIOMAS DE RÉGIMEN ESPECIAL, Y SE DEJAN SIN EFECTO LAS ESPECIFICACIONES DE NIVEL BÁSICO Y DE NIVEL INTERMEDIO APROBADAS, RESPECTIVAMENTE, POR RESOLUCIÓN 836/2007, DE 10 DE AGOSTO, Y 13/2007, DE 17 DE SEPTIEMBRE.
La Orden Foral 78/2008, de 28 de mayo, que modifica la Orden Foral 88/2007 , de 4 de julio, por la que se establece la organización de los niveles básico e intermedio de las enseñanzas de idiomas de Régimen Especial, dispone, en sus artículos 17 y 18 , que la certificación de los niveles básico e intermedio incluirá pruebas específicas que garantizarán la consecución de los objetivos previstos para estos niveles en los currículos que establece el Decreto Foral 22/2007, de 19 de marzo.
Asimismo, en su artículo 16 establece que dichas pruebas tendrán en cuenta las especificaciones generales y cuantas otras sean dictadas por el Departamento de Educación, y en el artículo 18 dispone, además, la formación de comisiones destinadas a la elaboración de las pruebas de nivel intermedio para cada idioma, de acuerdo con las especificaciones generales.
Las resoluciones 836/2007, de 10 de agosto, y 13/2007, de 17 de septiembre, aprobaron las especificaciones de nivel básico y de nivel intermedio, respectivamente. Tras la implantación, durante el curso 2007-08, de dichos niveles, según se regula en la disposición transitoria única del Decreto Foral 22/2007 , de 19 de marzo, para la Comunidad Foral de Navarra, se ha visto la necesidad de revisar las especificaciones e introducir ciertos cambios, que han sido realizados por una comisión de profesores de escuelas de idiomas.
En consecuencia, la directora del Servicio de Planificación Lingüística Escolar propone la aprobación de las especificaciones de las pruebas certificativas de nivel básico y de nivel intermedio, elaboradas por una comisión de profesores de escuelas oficiales de idiomas de Navarra, así como dejar sin efecto las aprobadas en las resoluciones 836/2007, de 10 de agosto, y 13/2007, de 17 de septiembre.
En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
RESUELVO:
1.º Aprobar las especificaciones de las pruebas certificativas de nivel básico y de nivel intermedio de las enseñanzas de idiomas de régimen especial adjuntas a esta Resolución como Anexos I, II, III, IV, V y VI.
2.º Dejar sin efecto las resoluciones 836/2007, de 10 de agosto, y 13/2007, de 17 de septiembre.
3.º Publicar la presente Resolución y sus Anexos I y IV en el Boletín Oficial de Navarra.
4.º Trasladar la presente Resolución y sus Anexos a los Servicios de Planificación Lingüística Escolar, de Ordenación e Innovación y de Inspección Educativa, a la Sección de Lenguas Extranjeras y a las Escuelas Oficiales de Idiomas de Navarra, a los efectos oportunos.
Anexos
Omitidos.