Diario del Derecho. Edición de 05/12/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 14/05/2009
 
 

Enseñanzas de idiomas

14/05/2009
Compartir: 

Resolución 507/2008, de 2 de diciembre, de la Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación, por la que se aprueban las especificaciones de las pruebas certificativas de nivel básico y de nivel intermedio de las enseñanzas de idiomas de régimen especial, y se dejan sin efecto las especificaciones de nivel básico y de nivel intermedio aprobadas, respectivamente, por resolución 836/2007, de 10 de agosto, y 13/2007, de 17 de septiembre (BON de 13 de mayo de 2009). Texto completo.

RESOLUCIÓN 507/2008, DE 2 DE DICIEMBRE, DE LA DIRECTORA GENERAL DE ORDENACIÓN, CALIDAD E INNOVACIÓN, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS ESPECIFICACIONES DE LAS PRUEBAS CERTIFICATIVAS DE NIVEL BÁSICO Y DE NIVEL INTERMEDIO DE LAS ENSEÑANZAS DE IDIOMAS DE RÉGIMEN ESPECIAL, Y SE DEJAN SIN EFECTO LAS ESPECIFICACIONES DE NIVEL BÁSICO Y DE NIVEL INTERMEDIO APROBADAS, RESPECTIVAMENTE, POR RESOLUCIÓN 836/2007, DE 10 DE AGOSTO, Y 13/2007, DE 17 DE SEPTIEMBRE.

La Orden Foral 78/2008, de 28 de mayo, que modifica la Orden Foral 88/2007 Vínculo a legislación, de 4 de julio, por la que se establece la organización de los niveles básico e intermedio de las enseñanzas de idiomas de Régimen Especial, dispone, en sus artículos 17 Vínculo a legislación y 18 Vínculo a legislación, que la certificación de los niveles básico e intermedio incluirá pruebas específicas que garantizarán la consecución de los objetivos previstos para estos niveles en los currículos que establece el Decreto Foral 22/2007, de 19 de marzo.

Asimismo, en su artículo 16 establece que dichas pruebas tendrán en cuenta las especificaciones generales y cuantas otras sean dictadas por el Departamento de Educación, y en el artículo 18 dispone, además, la formación de comisiones destinadas a la elaboración de las pruebas de nivel intermedio para cada idioma, de acuerdo con las especificaciones generales.

Las resoluciones 836/2007, de 10 de agosto, y 13/2007, de 17 de septiembre, aprobaron las especificaciones de nivel básico y de nivel intermedio, respectivamente. Tras la implantación, durante el curso 2007-08, de dichos niveles, según se regula en la disposición transitoria única del Decreto Foral 22/2007 Vínculo a legislación, de 19 de marzo, para la Comunidad Foral de Navarra, se ha visto la necesidad de revisar las especificaciones e introducir ciertos cambios, que han sido realizados por una comisión de profesores de escuelas de idiomas.

En consecuencia, la directora del Servicio de Planificación Lingüística Escolar propone la aprobación de las especificaciones de las pruebas certificativas de nivel básico y de nivel intermedio, elaboradas por una comisión de profesores de escuelas oficiales de idiomas de Navarra, así como dejar sin efecto las aprobadas en las resoluciones 836/2007, de 10 de agosto, y 13/2007, de 17 de septiembre.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 Vínculo a legislación d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.º Aprobar las especificaciones de las pruebas certificativas de nivel básico y de nivel intermedio de las enseñanzas de idiomas de régimen especial adjuntas a esta Resolución como Anexos I, II, III, IV, V y VI.

2.º Dejar sin efecto las resoluciones 836/2007, de 10 de agosto, y 13/2007, de 17 de septiembre.

3.º Publicar la presente Resolución y sus Anexos I y IV en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar la presente Resolución y sus Anexos a los Servicios de Planificación Lingüística Escolar, de Ordenación e Innovación y de Inspección Educativa, a la Sección de Lenguas Extranjeras y a las Escuelas Oficiales de Idiomas de Navarra, a los efectos oportunos.

Anexos

Omitidos.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Declara la Sala que se ha actuado en fraude de Ley al inscribir la madre, de forma unilateral sin contar con el padre, el nacimiento de su hija con sus dos apellidos invertidos
  2. Actualidad: Iustitia Europa pide a la AN suspender el decreto que obliga a recabar datos personales en hoteles
  3. Tribunal Supremo: Establece el TS que el personal laboral fijo discontinuo puede desarrollar una segunda actividad en el sector público durante los periodos de inactividad
  4. Actualidad: Manuel Marchena se despide de la Presidencia de la Sala de lo Penal del Supremo en pleno choque institucional
  5. Estudios y Comentarios: ¿Es justo el sistema de pensiones español?; por Manuel Arias Maldonado, catedrático de Ciencia Política de la Universidad de Málaga.
  6. Actualidad: La AN condena a 10 meses de cárcel al exembajador Raúl Morodo después de que reconociera que defraudó a Hacienda
  7. Actualidad: El TS decide no imputar "por ahora" a la asesora de Moncloa que envió a Lobato el 'email' sobre el novio de Ayuso
  8. Actualidad: El TC admite el recurso del PP contra el apartado de la Ley de Paridad que elimina el veto a objetivos de estabilidad
  9. Tribunal Supremo: Se da por extinguido el contrato de arrendamiento urbano de una vivienda por expiración del plazo contractual y de las prórrogas legales, al no haberse producido la tácita reconducción ante la existencia de requerimiento previo de resolución
  10. Actualidad: Aldama pide al TS que analice el móvil incautado por la AN para probar sus contactos con "altos cargos del Gobierno"

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana