El Decreto 23/2009 modifica la composición de la Comisión Mixta de Coordinación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El Decreto 12/2009, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la Comisión Mixta de Coordinación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Secretariado Judicial destinado en dicha Comunidad Autónoma puede consultarse en el Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.
DECRETO 23/2009, DE 24 DE FEBRERO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO DE 10 DE FEBRERO DE 2009, POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN MIXTA DE COORDINACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN Y EL SECRETARIADO JUDICIAL DESTINADO EN DICHA COMUNIDAD AUTÓNOMA.
El Gobierno de Aragón, en su reunión de 10 de febrero de 2009, aprobó el Decreto por el que se crea la Comisión Mixta de Coordinación de la Comunidad Autónoma de Aragón y el Secretariado Judicial destinado en esta Comunidad Autónoma, estando pendiente su publicación en el Boletín Oficial de Aragón y su entrada en vigor.
Revisado el contenido del Decreto, en especial su artículo 3 que regula la composición de la Comisión Mixta, y advertida la conveniencia de que la representación de la Comunidad Autónoma y del Secretariado Judicial responda a criterios de paridad en el número de miembros, se considera necesaria proceder a la modificación de dicho artículo.
En su virtud, y a propuesta del Consejero de Política Territorial, Justicia e Interior, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión de 24 de febrero de 2009,
DISPONGO
Artículo 1.-Modificación del artículo 3 del Decreto de 10 de febrero de 2009
El artículo tercero del Decreto aprobado por Consejo de Gobierno el 10 de febrero de 2009, queda redactado del siguiente modo:
Artículo 3.-Composición.
La Comisión Mixta estará presidida por el Viceconsejero de Justicia y serán sus vocales:
- El Director General de Administración de Justicia que sustituirá al Presidente en caso de vacante, ausencia o enfermedad.
-El Jefe de Servicio de Administración General de la D.G. de Administración de Justicia.
-El Jefe de la Unidad de Apoyo al Fiscal Superior de Aragón.
- El Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Aragón.
- El Secretario Coordinador de Zaragoza.
- El Secretario Coordinador de Huesca.
- El Secretario Coordinador de Teruel.
Asistirá también en funciones de secretaría, sin voto, un funcionario de la Dirección General de Administración de Justicia.
Caso de vacante, ausencia o enfermedad de alguno de los miembros de la Comisión, el Director General o el Secretario de Gobierno comunicarán la persona que podría sustituirlo, con una antelación mínima de 48 horas respecto de la fecha de la reunión, al Presidente, quién acordará lo que proceda.
Asimismo, el Presidente, por sí o a instancia de alguno de los vocales, a la vista de las materias incluidas en el orden del día, podrá convocar a las reuniones, a funcionarios destinados en alguno de los Departamentos de la Comunidad Autónoma de Aragón o a Secretarios Judiciales y personal no judicial destinado en esta Comunidad Autónoma.
Disposición final.-La presente modificación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.