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Curso sobre el nuevo Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia

26/01/2009
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La Escuela Gallega de Administración Pública convoca, en colaboración con la Asociación Profesional de Letrados de la Xunta de Galicia, un curso sobre el nuevo Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia.

Bases:

1. Destinatarios.

Preferentemente, funcionarios de la Administración de la Xunta de Galicia, sin perjuicio de que la materia, por su ámbito de aplicación, pueda ser de interés para todos aquellos funcionarios que presten servicios en administraciones o instituciones de Galicia.

2. Objetivos.

Análisis de la refundición legislativa llevada a cabo por medio del nuevo Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia, con especial incidencia en las modificaciones llevadas a cabo, en comparación con la normativa anterior, desde un punto de vista técnico-jurídico y jurisprudencial.

La materia presenta especial interés científico y técnico y tiene por objeto proporcionar cualificación en el ámbito de la gestión pública. En este sentido, todos los funcionarios están potencialmente interesados en conocer y dominar las modificaciones y novedades habidas en el régimen jurídico que les resulta de aplicación.

El conocimiento de esta materia redunda en el mejor ejercicio profesional, al versar sobre aspectos que afectan directa y personalmente a todos los funcionarios.

El dominio de la función pública posibilitará a los asistentes un mejor ejercicio de los derechos y un mayor conocimiento de las obligaciones.

3. Contenido.

* Ámbito de aplicación de la ley:

-Marco jurídico de la reforma.

-Objeto y ámbito de aplicación de la nueva ley.

-Personal al servicio de la administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.

-Órganos de la función pública.

* Organización de la función pública:

-Cuerpos de personal funcionario.

-El registro de personal.

-Relación de puestos de trabajo, provisión, planes de empleo y oferta de empleo público.

-El acceso a la función pública.

-Movilidad del personal funcionario de las diversas administraciones públicas.

* Régimen jurídico de la función pública:

-Adquisición y pérdida de la condición de funcionaria o funcionario.

-Situaciones administrativas.

-La carrera administrativa.

-Régimen retributivo.

-Licencias, vacaciones y permisos.

-Seguridad Social.

* Entrada en vigor, aplicación y adaptación al nuevo régimen:

-Adaptación al nuevo régimen: disposiciones adicionales y transitorias.

4. Desarrollo.

Lugar: Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP), calle Madrid, 2-4, Santiago de Compostela.

Fechas: 9, 10, 11, 12 y 13 de febrero de 2009.

Duración: 20 horas lectivas.

Horario: de 16.30 a 20.30 horas.

5. Número de plazas:

25.

6. Solicitudes.

a) El personal que desee participar en el curso que se convoca en esta resolución deberá cubrir el formulario de matrícula en línea que puede encontrar en el portal web de la EGAP en la siguiente dirección:

http://egap.xunta.es/matricula.

b) Para cubrir correctamente los formularios de solicitud, en la citada dirección de internet se dispondrá de instrucciones de ayuda que deberán ser observadas en todo momento por las personas solicitantes.

c) Los formularios cubiertos adecuadamente en la dirección de internet http://egap.xunta.es/matricula se entenderán presentados en la EGAP.

d) En caso de duda, de dificultades técnicas o de que precise más información en el momento de presentar la solicitud, puede dirigirse a la EGAP enviando un correo electrónico a la siguiente dirección:

[email protected], o bien llamando a los teléfonos 981 54 62 41/881 99 70 14 con el objetivo de que se adopten las medidas necesarias para facilitar la presentación de su solicitud.

7. Plazo.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 28 de enero de 2009.

8. Selección.

La selección de los participantes será realizada por la Asociación de Letrados de la Xunta de Galicia, a quien le corresponde la dirección y responsabilidad académica del curso, respetando en todo caso los criterios selectivos señalados con carácter general en la resolución de la Escuela Gallega de Administración Pública de 4 de enero de 2008 (Diario Oficial de Galicia n.º 7, del 10 de enero).

La EGAP publicará en su página web los admitidos en este curso.

9. Modificaciones.

La EGAP se reserva la facultad de interpretar y de resolver las incidencias que pudiesen surgir en el desarrollo del curso, así como la de cancelarlo, si el escaso número de solicitudes no justificase su realización.

10. Asistencia al curso.

a) El personal seleccionado no podrá renunciar al curso, salvo por causa de fuerza mayor suficientemente justificada, por necesidades de servicio o por causas acreditadas documentalmente por la persona responsable del departamento administrativo en el que desarrolle su labor. La renuncia deberá ser comunicada por escrito a la EGAP con una antelación de 7 días hábiles antes del comienzo del curso, siempre que sea posible, para que pueda cubrirse la vacante. La renuncia se presentará acompañada de la acreditación documental que certifique su causa. Aquella renuncia o abandono no justificado debidamente supondrá la exclusión del seleccionado de las convocatorias del año en curso y de las del año siguiente, de acuerdo con lo dispuesto en la resolución de 4 de enero de 2008 por la cual se hacen públicos los criterios de participación en las actividades docentes de la EGAP.

b) Durante la realización del curso se llevará un control permanente de la asistencia mediante los sistemas que se establezcan al efecto y, así mismo, constarán como incidencias las ausencias dentro de cada sesión. Esto implica que el personal que participe en el curso tendrá que anotar la hora de llegada o salida, en su caso, durante la duración oficial del curso, para poder acreditar el tiempo que faltó. De no hacerlo así y de realizarse un control de asistencia extraordinario, perderá el derecho a recibir el certificado.

11. Certificados.

a) Se le otorgará el correspondiente certificado de asistencia al alumnado que participe con regularidad y dedicación en el desarrollo del curso. A los efectos de evaluar los conocimientos adquiridos por el alumnado, la EGAP podrá fijar la realización de las pruebas que considere oportunas.

b) Es obligatoria la asistencia con puntualidad a todas las sesiones del curso. Cualquier ausencia no justificada o justificada insuficientemente implicará la pérdida del derecho al certificado acreditativo de la participación en el curso.

Únicamente podrá autorizarse la ausencia por causas justificadas, que se acreditarán documentalmente ante el servicio competente da la EGAP o ante la persona responsable del curso en un plazo máximo de 10 días después de que este finalice y, en ningún caso, esta ausencia podrá superar el 15% de las horas lectivas.

c) Para que quede conocimiento y constancia en su expediente, las personas participantes en el curso tendrán que facilitarle una copia de las certificaciones recibidas al servicio de personal del centro directivo al que estén adscritos.

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