ORDEN DE 2 DE DICIEMBRE DE 2008 DE MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 10 DE OCTUBRE DE 2008, POR LA QUE SE REGULAN LAS OPERACIONES DE CIERRE DEL EJERCICIO ECONÓMICO DE 2008 Y APERTURA DEL EJERCICIO 2009.
Las necesidades de gestión dentro de este ejercicio de determinados proyectos de gasto relacionados con el cierre del Programa Operativo Integrado de Fondos Europeos 2000-2006, con las aportaciones extraordinarias de los Programas Operativos Plurirregionales 2000- 2006, con el cierre de convenios con el Estado, y con otras materias, hace necesario ampliar los plazos contenidos en la Orden de 10 de octubre de 2008 por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio económico de 2008, publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.º 198, de 14 de octubre. Del mismo modo ocurre con las operaciones relacionadas con la Ley 4/2008, de 25 de noviembre, de Endeudamiento extraordinario de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En su virtud, tengo a bien disponer:
Artículo único.
Se añade una disposición adicional con el siguiente tenor literal:
Disposición adicional única.
Se admitirán hasta el 30 de diciembre los documentos contables relacionados con el programa 011A Amortización y Gastos Financieros del endeudamiento público, con la aplicación presupuestaria 12.05.531A.226.03 Jurídicos y Contenciosos y con todos los Proyectos de gasto que se relacionan seguidamente. No obstante los documentos contables relacionados con gastos cofinanciados por Fondos Europeos imputables al periodo de programación 2000-2006 se admitirán hasta el 23 de diciembre para su pago antes del 31 de diciembre.
Tablas omitidas.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.